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Normatividad
Constitución Política
A continuación, se relacionan los artículos de la Constitución Política afines con el comercio electrónico.
Norma |
Constitución Política de Colombia |
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http://www.secretariasenado.gov.co/index.php/constitucion-politica |
Artículo 15 |
Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley. Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley. |
Artículo 20 |
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura. |
Artículo 61 |
El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley. |
Artículo 78 |
La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización. Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. El Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen. Para gozar de este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar procedimientos democráticos internos. |
Artículo 189 |
Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa: (…) 25. Organizar el Crédito Público; reconocer la deuda nacional y arreglar su servicio; modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas; regular el comercio exterior; y ejercer la intervención en las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos provenientes del ahorro de terceros de acuerdo con la ley. |
Artículo 333 |
La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común. Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos, sin autorización de la ley. La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades. La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial. La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial. El Estado, por mandato de la ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitará o controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional. La ley delimitará el alcance de la libertad económica cuando así lo exijan el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de la Nación. |
Artículo 334 Inciso 1 |
La dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este intervendrá, por mandato de la ley, en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir en el plano nacional y territorial, en un marco de sostenibilidad fiscal, el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano. Dicho marco de sostenibilidad fiscal deberá fungir como instrumento para alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado Social de Derecho. En cualquier caso, el gasto público social será prioritario. |
Leyes
Ley 2108 de 2021 - Internet como un servicio público esencial
Norma: |
Ley 2108 de 2021 |
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https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=167946 |
Objeto de norma: |
Ley de Internet como servicio público esencial y universal |
Síntesis de norma: |
El artículo 1° de la ley señala que el objeto de la misma es establecer dentro de los servicios públicos de telecomunicaciones, el acceso a Internet como uno de carácter esencial, con el fin de propender por la universalidad para garantizar y asegurar la prestación del servicio de manera eficiente, continua y permanente, permitiendo la conectividad de todos los habitantes del territorio nacional, en especial de la población que, en razón a su condición social o étnica se encuentre en situación de vulnerabilidad o en zonas rurales y apartadas. Se adiciona un nuevo parágrafo al artículo 10 de la Ley 1341 de 2009, señalando que "El acceso a Internet es un servicio público esencial. Por tanto, los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones no podrán suspender las labores de instalación, mantenimiento y adecuación de las redes requeridas para la operación de este servicio público esencial, y garantizarán la continua provisión del servicio. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de los deberes y obligaciones a cargo de los suscriptores y usuarios del servicio, conforme a la regulación de la Comisión de Regulación de Comunicaciones". |
Ley 2069 de 2020 - Promueve impulsar el emprendimiento en el país
Norma: |
Ley 2069 de 2020 |
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Objeto de norma: |
Por medio la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia. |
Síntesis de norma: |
La presente Ley tiene por objeto establecer un marco regulatorio que propicie el emprendimiento y el crecimiento, consolidación y sostenibilidad de las empresas, con el fin de aumentar el bienestar social y generar equidad. Dicho marco delineará un enfoque regionalizado de acuerdo a las realidades socioeconómicos de cada región, señalando la creación de Sandbox regulatorios para todas las industrias soportadas en innovación y tecnología, así: El gobierno nacional en un plazo no mayor de un (1) año posterior a la promulgación de esta ley, deberá establecer una regulación complementaria que permita, en cada uno de los Ministerios y Sectores Administrativos, crear un ambiente especial de vigilancia y control, que facilite el desarrollo de modelos de negocio que apalanquen e impulsen la economía de alto valor agregado y sostenible en distintos ámbitos, a partir de la promoción de actividades intensivas en tecnología, innovación, uso sostenible del capital natural y/o tendientes a la mitigación de la acción climática. Estos ambientes de prueba evaluarán el funcionamiento y los efectos de nuevas tecnologías o innovaciones en la regulación vigente, para determinar la viabilidad de su implementación y/o la necesidad de establecer una flexibilización del marco regulatorio existente o la simplificación de los trámites. |
Ley 2068 de 2020 - Modifica Ley general de turismo
Norma: |
Ley 2068 de 2020 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_2068_2020.html |
Objeto de norma: |
Por la cual se modifica la ley general de turismo |
Síntesis de norma: |
Esta ley prohibió implícitamente los servicios relacionados con alquiler de habitaciones, casas u apartamentos, mediante Internet, a personas que no cuenten con el permiso como "Prestador de servicio turístico", previa inscripción en el Registro Nacional de Turismo, a cargo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Según esta ley, solo el "Prestador de servicio turístico" está habilitado para operar plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos, señalando que no tienen tal calidad de plataformas aquellas que prestan servicios de publicidad o se limitan a facilita el proceso de transmisión y difusión de contenidos, sin adoptar un modelo de negocios de intermediación para la prestación de un servicio turístico. |
Ley 1978 de 2019 - Ley de modernización del sector TIC
Norma: |
Ley 1978 de 2019 |
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https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=98210 |
Objeto de norma: |
Por la cual se moderniza el Sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC, se distribuyen competencias, se crea un Regulador Único y se dictan otras disposiciones (esta ley modifica la Ley 1341 de 2011) |
Síntesis de norma: |
Establece la habilitación general para los servicios de televisión, elimina la Autoridad Nacional de Televisión y faculta al MinTIC, a través del Fondo Único de TIC para promover acciones tendientes a la transformación digital del Estado y de la sociedad, fortaleciendo el acceso a las redes de telecomunicaciones. |
Ley 1955 de 2019 - Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022
Norma: |
Ley 1955 de 2019 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1955_2019.html |
Objeto de norma: |
Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 |
Síntesis de norma: |
Promueve la inclusión del comercio electrónico como motor para la transformación digital de la sociedad y del Estado, ordenando una serie de acciones para la promoción del comercio electrónico. |
Ley 1735 de 2014 - Medida para promover el acceso a servicios financieros transaccionales
Norma: |
Ley 1735 de 2014 |
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https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=59835 |
Objeto de norma: |
"Por la cual se dictan medidas tendientes a promover el acceso a los servicios financieros transaccionales." |
Síntesis de norma: |
Con la entrada en vigencia de esta norma, se crean Sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos - SEDPE, fortaleciendo las actividades relacionadas con comercio electrónico en lo referente a instituciones para medios de pago electrónico. |
Ley 1607 de 2012 -Reglamenta masificación de factura electrónica
Norma: |
Ley 1607 de 2012 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1607_2012.html |
Objeto de norma: |
"Por medio del cual se reglamentan las condiciones para la masificación de la factura electrónica." |
Síntesis de norma: |
Faculta al Ejecutivo para que este reglamente la aplicación de tecnologías para el control fiscal con el fin de combatir el fraude, la evasión y el contrabando, dentro de las que se encuentra la tarjeta fiscal, para lo cual podrá determinar sus controles, condiciones y características. Su no adopción dará lugar a la aplicación de la sanción. |
Ley 1581 de 2012 - Ley de protección de datos personales
Norma: |
Ley 1581 de 2012 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1581_2012.html |
Objeto de norma: |
"Ley General de Protección de Datos Personales." |
Síntesis de norma: |
La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma. |
Ley 1564 de 2012 - Código General del Proceso
Norma: |
Ley 1564 de 2012 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1564_2012.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Se establece el uso de tecnologías de la información y de las comunicaciones en la gestión y trámite de los procesos judiciales, con el fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, así como ampliar su cobertura. Las actuaciones judiciales se podrán realizar a través de mensajes de datos. La autoridad judicial deberá contar con mecanismos que permitan generar, archivar y comunicar mensajes de datos, por lo cual se tendrá en cuenta la aplicación de la Ley 527 de 1999. Los funcionarios y empleados judiciales podrán usar la firma electrónica. La Ley 1564 de 2012, también denominada Código General del Proceso, en su contenido normativo desde el derecho procesal regula y dispone mecanismos de coerción y de cobro en el desarrollo de actividades mercantiles por medio de plataformas digitales, electrónicas o informáticas. La norma establece que cualquier actuación procesal, en materia civil o comercial, se puede desarrollar a través de medios electrónicos, de manera que cualquier agente del comercio puede interponer demandas de forma electrónica a otro agente del comercio. |
Ley 1563 de 2011 - Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional
Norma: |
Ley 1563 de 2011 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1563_2012.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
En esta ley se establece que en el proceso arbitral podrán utilizarse medios electrónicos en todas las actuaciones y, en particular, para llevar a cabo todas las comunicaciones, tanto del tribunal con las partes como con terceros, para la notificación de las providencias, la presentación de memoriales y la realización de audiencias, así como para la guarda de la versión de las mismas y su posterior consulta. Cualquier disputa entre los agentes públicos o particulares del comercio o entre estos y los consumidores o clientes se puede desarrollar a través del arbitraje virtual o electrónico. |
Ley 1480 de 2011 - Estatuto del Consumidor
Norma: |
Ley 1480 de 2011 - Estatuto del Consumidor |
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http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44306 http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1480_2011.html |
Objeto de norma: |
"Las normas de esta ley regulan los derechos y las obligaciones surgidas entre los productores, proveedores y consumidores y la responsabilidad de los productores y proveedores tanto sustancial como procesalmente." |
Síntesis de norma: |
Reglamentar los derechos, deberes generados entre productores, proveedores y consumidores de bienes y servicios. Se incentiva el comercio electrónico al formular normatividad que aporta garantías al pacto comercial. La ley incluye un capítulo especial de los derechos de los consumidores del comercio electrónico. |
Ley 1437 de 2011 - Se expide el CPACA Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Norma: |
Ley 1437 de 2011 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=41249 |
Objeto de norma: |
"Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo." |
Síntesis de norma: |
Se determina lo relativo a la utilización de medios electrónicos en el procedimiento administrativo. Se dispone lo pertinente al registro para el uso de medios electrónicos, documento público en medio electrónico, notificación electrónica, acto administrativo electrónico, archivo electrónico de documentos, expediente electrónico, sede electrónica, recepción de documentos electrónicos por parte de las autoridades, prueba de recepción y envío de mensajes de datos por la autoridad. Las actuaciones administrativas ante organismos del Estado se pueden realizar a través de medios digitales o electrónicos. |
Ley 1369 de 2009 - Establece régimen de servicios postales
Norma: |
Ley 1369 de 2009, Articulo 3 |
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https://colombiatic.mintic.gov.co/679/articles-621_doc_norma.pdf |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Señala el régimen general de prestación de los servicios postales y lo pertinente, a las entidades encargadas de la regulación de estos servicios, que son un servicio público en los términos del artículo 365 de la Constitución Política. Su prestación estará sometida a la regulación, vigilancia y control del Estado, con sujeción a los principios de calidad, eficiencia y universalidad, entendida esta última, como el acceso progresivo a la población en todo el territorio nacional. El artículo 3 de la Ley 1369 de 2009, al ocuparse de las definiciones, incluye en el numeral 2o la noción de "servicios postales" en los siguientes términos; "Servicios Postales. Los Servicios Postales consisten en el desarrollo de las actividades de recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales a través de redes postales, dentro del país o para envío hacia otros países o recepción desde el exterior. Son servicios postales, entre otros, los servicios de correo, los servicios postales de pago y los servicios de mensajería expresa." Los operadores postales son agentes activos del eslabón de logística en el comercio electrónico. |
Ley 1341 de 2009 - Ley de TIC
Norma: |
Ley 1341 de 2009 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1341_2009.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC-, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Se determina el marco general para la formulación de las políticas públicas que regirán el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, su ordenamiento general, el régimen de competencia, la protección al usuario, así como lo concerniente a la cobertura, la calidad del servicio, la promoción de la inversión en el sector y el desarrollo de estas tecnologías, el uso eficiente de las redes y del espectro radioeléctrico, así como las potestades del Estado en relación con la planeación, la gestión, la administración adecuada y eficiente de los recursos, regulación, control y vigilancia del mismo y facilitando el libre acceso y sin discriminación de los habitantes del territorio nacional a la Sociedad de la Información. Se asignan las funciones al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Comisión de Regulación de Comunicaciones y la Agencia Nacional del Espectro, entre otras. |
Ley 1273 de 2009 - Modificación del Código Penal en protección de la información y datos
Norma: |
Ley 1273 de 2009 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1273_2009.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado "de la protección de la información y de los datos"- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Por medio de esta ley, se crean una serie de delitos que su violación afecta de manera directa la aplicación correcta de las tecnologías de la información y las comunicaciones y a su vez, se considera un blindaje en el desarrollo del comercio electrónico pues se sanciona cualquier actuación que tenga como objeto o efecto violentar un medio digital o bases de datos. |
Ley 1266 de 2008 - Disposiciones que implementan el habeas data
Norma: |
Ley 1266 de 2008 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1266_2008.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Esta ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política, así como el derecho a la información establecido en el artículo 20 de la Constitución Política, particularmente en relación con la información financiera y crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países. |
Ley 1231 de 2008 - Normas para implementar factura electrónica
Norma: |
Ley 1231 de 2008 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1231_2008.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se unifica la factura como título valor como mecanismo de financiación para el micro, pequeño y mediano empresario, y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Esta ley tiene por objeto implementar la factura como título valor de acuerdo a lo descrito en el Código de Comercio, así mismo esta norma busca implementar la factura electrónica, la cual entra a ser reconocida como un título valor, fortaleciendo de esa manera las diferentes formas de comercio electrónico implementadas en el país. |
Ley 1143 de 2007 - Acuerdo de promoción comercial entre Colombia y Estados Unidos de América
Norma: |
Ley 1143 de 2007 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1143_2007.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo de promoción comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América", sus "Cartas Adjuntas" y sus "Entendimientos", suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006" |
Síntesis de norma: |
Se aprueba la aplicación del tratado de libre comercio entre Colombia y Estados Unidos de América, el cual dispone el desarrollo de pactos comerciales tanto de manera presencial y mediante comercio electrónico, se pactan formas de pago electrónico y se desarrollan estrategias para incentivar el comercio electrónico. |
Ley 1065 de 2006 - Define la administración de registros de dominio.co
Norma: |
Ley 1065 de 2006 |
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https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=20867 |
Objeto de norma: |
"Por la cual se define la administración de registros de nombres de dominio.co y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
La administración del registro de nombres de dominio .co es aquella actividad a cargo del Estado, que tiene por objeto la organización, administración y gestión del dominio.co, incluido el mantenimiento de las bases de datos correspondientes, los servicios de información asociados al público, el registro de los nombres de dominio, su funcionamiento, la operación de sus servidores y la difusión de archivos de zona del dominio, y demás aspectos relacionados, de conformidad con las prácticas y definiciones de los organismos internacionales competentes. |
Ley 1032 de 2006 - Se modifican los artículos 257, 271, 272 y 306 del Código Penal.
Norma: |
Ley 1032 de 2006 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1032_2006.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se modifican los artículos 257, 271, 272 y 306 del Código Penal." |
Síntesis de norma: |
Modifica los tipos penales de la prestación, acceso o uso ilegal de los servicios de telecomunicaciones (artículo 257), violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos (271), y violación a los mecanismos de protección de derecho de autor y derechos conexos y otras defraudaciones (artículo 272). Norma jurídica considerada dentro del eslabón denominado ¨postventa", ya que busca proteger la entrega de un producto legal, para de esa manera el desarrollo de actividades mercantiles mediante plataformas digitales, informáticas y electrónicas salvaguardan los derechos de autor. Igualmente, la ley sanciona cualquier violación a las normas de derechos de autor a través de medios digitales, como por ejemplo la venta no autorizada por Internet de obras artísticas, literarias, películas, música, etc. |
Ley 964 de 2005 - Manejo óptimo de recursos públicos
Norma: |
Ley 964 de 2005 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0964_2005.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se dictan normas generales y se señalan en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular las actividades de manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público que se efectúen mediante valores y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Esta ley regula el mercado de valores, estableciendo los requisitos para la captación de recursos del público a título negociable Se dispone la aplicación de mecanismos electrónicos en el recaudo de valores, así mismo se determinan medios de pago electrónicos y medios electrónicos de conservación de títulos valores. Cualquier actividad de comercio electrónico relacionada con la captación de recursos del público para adquirir valores (acciones, bonos, deuda pública, CDT, etc.) está sujeta a esta ley. |
Ley 962 de 2005 - Racionalización de trámites y procedimientos administrativos ante el estado Colombiano
Norma: |
Ley 962 de 2005 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0962_2005.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos." |
Síntesis de norma: |
Norma en la cual se dispone la aplicación de portales de gestión de entidades del estado, además se dispone la aplicación de mecanismos electrónicos que fomenten y agilicen la administración del Estado; igualmente se crea la posibilidad de la aplicación de la factura electrónica y la creación del título valor electrónico. La norma autoriza la realización de cualquier trámite frente a entidades estatales de manera electrónica, como, por ejemplo, denuncias ante la Superintendencia de Industria y Comercio por violaciones a los derechos de los consumidores, entre otras. |
Ley 679 de 2001 - Prevención de explotación, pornografía y turismo sexual con menores
Norma: |
Ley 679 de 2001 |
Enlace de búsqueda |
https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_0679_2001.htm |
Objeto de norma: |
Estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución Nacional. |
Síntesis de norma: |
Prevención de la pornografía infantil, asignando responsabilidades de los ISP (Prestadores de Servicios de Internet) para bloquear cualquier actividad de pornografía infantil en la web. |
Ley 599 de 2000 - Código Penal Colombiano
Norma: |
Ley 599 de 2000 |
Enlace de búsqueda |
http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1663230 |
Objeto de norma: |
"La cual se expide el Código Penal Colombiano." |
Síntesis de norma: |
Con la expedición del nuevo Código Penal, se protege los derechos de autor, la propiedad industrial e intelectual, se determinan sanciones a la defraudación mediante medios electrónicos y la violación a los derechos patrimoniales. El Código Penal Colombiano es la salvaguarda del bien jurídico tutelado, desarrollado a su vez en actividades mercantiles y de comercio electrónico, incluyendo de manera expresa a partir del artículo 269 los delitos electrónicos y de fraude en sistemas digitales, lo cual incluye el comercio electrónico. |
Ley 565 de 2000 - Tratado de derechos de autor
Norma: |
Ley 565 de 2000 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=37973 |
Objeto de norma: |
"Adopción del Tratado de Derechos de Autor de la OMPI." |
Síntesis de norma: |
Este tratado es un arreglo particular en el sentido del artículo 20 del Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas, en lo que respecta a las partes contratantes que son países de la Unión establecida por dicho convenio. El presente tratado incluye como obras literarias de protección legal los "programas de ordenador" (software) y las bases de datos que configuren una creación intelectual (más allá de la mera recopilación de datos) . |
Ley 545 de 1999 - Tratado internacional de protección de propiedad industrial
Norma: |
Ley 545 de 1999 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Por medio de la cual se aprueba el "Tratado de la OMPI -Organización Mundial de la Propiedad Intelectual- sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT)", adoptado en Ginebra el veinte (20) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996). |
Síntesis de norma: |
Con la expedición de esta Ley, se ratifica los tratados internacionales relacionados con la propiedad intelectual y derechos de autor en especial en temas artísticos. Norma jurídica de apoyo legal al ejercicio de actividades comerciales por medio de plataformas informáticas y electrónicas en el sentido de cumplir con las normas de propiedad intelectual en la difusión por medios virtuales de obras artísticas, literarias o imágenes y sonidos. Cualquier compra en Internet de obras literarias o artísticas debe respetar esta ley. |
Ley 527 de 1999 - Ley de Comercio Electrónico
Norma: |
Ley 527 de 1999 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0527_1999.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Esta Ley regula los mensajes de datos, la firma electrónica, los servicios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos, a través de redes de información, incluido el comercio electrónico y la protección a los usuarios de estos sistemas. Primera ley en Colombia que entra a tratar temas de comercio electrónico de manera directa, reglamentando su validez jurídica. |
Ley 223 de 1995 - Implementación de factura electrónica y portal de pago
Norma: |
Ley 223 de 1995 |
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https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=6968 |
Objeto de norma: |
"Por la cual se expiden normas sobre Racionalización Tributaria y se dictan otras disposiciones" |
Síntesis de norma: |
Se establece la implementación de la factura electrónica y el uso de portal de pago en operaciones comerciales. A partir de esta ley, cualquier operación de comercio electrónico se puede realizar totalmente por Internet, pues autorizó los pagos electrónicos y la factura electrónica. |
Ley 170 de 1994 - Propiedad intelectual, industrial y derechos de autor - OMC
Norma: |
Ley 170 de 1994 |
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https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=37805 |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se aprueba el Acuerdo por el que se establece la "Organización Mundial de Comercio (OMC)", suscrito en Marrakech (Marruecos) el 15 de abril de 1994, sus acuerdos multilaterales anexos y el Acuerdo Plurilateral". |
Síntesis de norma: |
Tratado internacional el cual fortalece normatividad sobre propiedad intelectual, industrial y derechos de autor. La presente norma guarda relación con el comercio electrónico en tanto que es un apoyo reglamentario en el ejercicio de la actividad comercial y especialmente en la actualidad en el desarrollo de actividades comerciales por medio de plataformas electrónicas e informáticas; razón por la cual se considera conveniente relacionarla, como norma reglamentaria de apoyo. Los países miembro de la OMC deben dar cumplimiento a los capítulos de propiedad intelectual del Tratado, en el cual se incluye la protección a los derechos de autor para cualquier obra literaria, artística, de imágenes, sonora o cualquier otra que figure a través de cualquier medio de difusión, incluido Internet. |
Ley 33 de 1987 - Protección de las obras literarias y artísticas.
Norma: |
Ley 33 de 1987 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Por medio de la cual se aprueba el "Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas" |
Síntesis de norma: |
Se busca la protección de obras literarias y artísticas en procura de evitar el plagio, la falsificación y tráfico ilegal. La presente norma guarda relación con el comercio electrónico en tanto que es un apoyo reglamentario en el ejercicio de la actividad comercial y especialmente en la actualidad en el desarrollo de actividades comerciales por medio de plataformas electrónicas e informáticas; razón por la cual se considera conveniente relacionarla, como norma reglamentaria de apoyo. Cualquier obra literaria que se quiera adquirir a través del comercio electrónico tiene la protección legal prevista en esta norma. |
Ley 23 de 1982 - Norma sobre derechos de autor.
Norma: |
Ley 23 de 1982 |
Enlace de búsqueda |
https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3431&dt=S https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=3431 |
Objeto de norma: |
"Sobre derechos de autor" |
Síntesis de norma: |
Los autores de obras literarias, científicas y artísticas gozarán de protección para sus obras en la forma prescrita por la presente Ley y, en cuanto fuere compatible con ella, por el derecho común. También protege esta Ley a los intérpretes o ejecutantes, a los productores de programas y a los organismos de radiodifusión, en sus derechos conexos a los del autor. La compra de productos artísticos a través del comercio electrónico (obras musicales, series de televisión, películas, etc.) tiene la protección de esta ley. |
Ley 73 de 1981 - Distribución de bienes y servicios para la defensa del consumidor
Norma: |
Ley 73 de 1981 |
Enlace de búsqueda |
https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/tramites_servicios/apostilla_legalizacion/ley_1564_de_2012_codigo_general_del_proceso.pdf |
Objeto de norma: |
"Por la cual el Estado interviene en la distribución de bienes y servicios para la defensa del consumidor, y se conceden unas facultades extraordinarias." |
Síntesis de norma: |
Concederle facultades excepcionales al Presidente de la Republica dirigidas al control de la distribución o venta de bienes y servicios y al establecimiento de las sanciones y procedimientos para imponerlas a quienes violen sus disposiciones; establecer la necesidad de fijar la calidad en los bienes de venta, idoneidad en los servicios ofertados, condiciones de compra y venta de bienes y servicios haciendo uso del sistema financiero y vigilancia y control a la actividad comercial. |
Decretos vigentes
Decreto 278 de 2021 - Creación de zonas francas
Norma: |
Decreto 278 de 2021 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Por el cual se modifica el Decreto 2147 de 2016, relativo al régimen de zonas francas. |
Síntesis de norma: |
El decreto tiene como finalidad flexibilizar los requisitos para la creación de las zonas francas como áreas de exportación de bienes y servicios y agilizar los procedimientos para su creación, así como el fortalecimiento de la logística de comercio exterior para la competitividad empresarial. |
Decreto 1234 de 2020 - Sandbox financiero
Norma: |
Decreto 1234 de 2020 |
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https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=142005 |
Objeto de norma: |
Por medio del cual se adiciona el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera. |
Síntesis de norma: |
El espacio controlado de prueba es el conjunto de normas, procedimientos, planes, condiciones, requisitos y requerimientos prudenciales que permite probar desarrollos tecnológicos innovadores en la prestación de actividades propias de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. La constitución y funcionamiento del espacio controlado de prueba se regirá por las disposiciones especiales contenidas en el presente Título. En lo no previsto expresamente en el mismo, se aplicarán las normas contenidas en el marco legal y reglamentario vigente. Para el desarrollo del espacio controlado de prueba, la Superintendencia Financiera de Colombia podrá aplicar el principio de proporcionalidad definido en el presente Título, en el ejercicio de sus facultades de supervisión, vigilancia y control. Las excepciones regulatorias otorgadas por la Superintendencia Financiera de Colombia en el espacio controlado de prueba no implican la modificación de la regulación vigente aplicable a las actividades financieras, bursátiles y aseguradoras. En todo caso, podrán ser tenidas en cuenta para revisiones que se hagan posteriormente del marco regulatorio. |
Decreto 1692 de 2020 - Reglamenta de sistemas de pago de bajo valor
Norma: |
Decreto 1692 de 2020 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=153787 |
Objeto de norma: |
"Por medio del cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los sistemas de pago de bajo valor." |
Síntesis de norma: |
El sistema de pago de bajo valor, el cual reúne las transacciones y pagos entre personas naturales o jurídicas, comercios, entidades estatales, patrimonios autónomos y otros agentes de la economía, es esencial para el adecuado funcionamiento del sector financiero y para aumentar la eficiencia y formalidad de la economía, contribuye además a la transformación digital del Estado y de la sociedad. |
Decreto 1064 de 2020 - Modifica estructura del MinTIC
Norma: |
Decreto 1064 de 2020 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=136670 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones." |
Síntesis de norma: |
El artículo 5 establece como funciones del despacho del Ministro: "Promover, formular, articular y ejecutar políticas públicas para el desarrollo del comercio electrónico de bienes y servicios y la digitalización de las micro, pequeñas y medianas empresas en los sectores productivos de la economía". El artículo 24 establece como funciones del despacho del Viceministro de Transformación Digital: "Formular, articular e impulsar políticas públicas y programas orientados al aprovechamiento de tecnologías de la información y las comunicaciones en el desarrollo y promoción del comercio electrónico de bienes y servicios". El artículo 29 establece, dentro de las funciones de la Dirección de Economía Digital, la de "Formular, coordinar y hacer seguimiento a la implementación de políticas públicas y programas orientados al aprovechamiento de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para el desarrollo y promoción del comercio electrónico de bienes y servicios". El artículo 32 establece dentro de las funciones de la Subdirección para la Transformación Sectorial (dependiente de la Dirección de Economía Digital) la de "Apoyar la formulación de políticas y la articulación de programas, planes y proyectos dirigidos a la mayor utilización y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones en los procesos productivos y en el desarrollo y promoción del comercio electrónico de bienes y servicios". |
Decreto 1165 de 2019 - Reglamenta normas aduaneras
Norma: |
Decreto 1165 de 2019 |
Enlace de búsqueda |
http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30036618 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013." |
Síntesis de norma: |
Regular las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración aduanera y quienes intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías, hacia y desde el Territorio Aduanero Nacional, con sujeción a la Constitución y la ley. Asimismo, se aplica sin perjuicio de las disposiciones especiales y las resultantes de acuerdos o tratados internacionales a los que haya adherido o adhiera Colombia. Los acuerdos o tratados mencionados comprenden, entre otros, los acuerdos comerciales y los referidos a la protección de la propiedad intelectual. Este régimen aplica para los productos que ingresen al país, incluido los provenientes del comercio electrónico. |
Decreto 587 de 2016 - Reglamenta la adquisición de bienes o servicios adquiridos a través de comercio electrónico
Norma: |
Decreto 587 de 2016 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=69037 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se incorpora al Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 y se disponen medidas para la reversión del pago en la venta de productos a solicitud del consumidor." |
Síntesis de norma: |
Tiene como objeto reglamentar las condiciones y el procedimiento para la reversión de los pagos solicitada por los consumidores según lo previsto en el artículo 51 de la Ley 1480 de 2011, cuando la adquisición de los bienes o servicios se hubiere realizado a través de mecanismos de comercio electrónico y, para tal efecto, se hubiere utilizado tarjetas de crédito, débito o cualquier otro instrumento de pago electrónico. |
Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 - Condiciones de expedición de factura electrónica y control fiscal
Norma: |
Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=83233 |
Objeto de norma: |
Decreto único reglamentario en materia tributaria |
Síntesis de norma: |
Establece todos los tributos del orden nacional al que están obligados las personas y comerciantes en Colombia, incluyendo los agentes de la cadena de valor del comercio electrónico. |
Decreto 2242 de 2015 - Condiciones de expedición de factura electrónica y control fiscal
Norma: |
Decreto 2242 de 2015 compilado en el Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Por el cual se reglamentan las condiciones de expedición e interoperabilidad de la Factura electrónica con fines de masificación y control fiscal." |
Síntesis de norma: |
Define la factura electrónica como un documento que soporta transacciones de venta de bienes y/o servicios, que además operativamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas y que permite el cumplimiento de las condiciones establecidas en relación con la expedición (generación y entrega), recibo, rechazo y conservación de la factura. |
Decreto 1074 de 2015 - Decreto único del sector Comercio, Industria y Turismo
Norma: |
Decreto 1074 de 2015 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Por medio del cual se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo." |
Síntesis de norma: |
Se hace unificación de toda la normatividad existente a la fecha relacionada con el sector de comercio, industria y turismo; además se hace avances en la reglamentación de la normatividad en materia de comercio electrónico. |
Decreto 1078 de 2015 - Decreto único reglamentario del sector TIC
Norma: |
Decreto 1078 de 2015 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=77888 |
Objeto de norma: |
"Por medio del cual expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones." |
Síntesis de norma: |
Mediante este Decreto, se hace una compilación de toda la normatividad del sector de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información y la comunicación. |
Decreto 886 de 2014 - Se reglamenta el Registro Nacional de Bases de Datos
Norma: |
Decreto 886 de 2014 |
Enlace de búsqueda |
https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1184150 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, relativo al registro de bases de datos." |
Síntesis de norma: |
Tiene como objeto reglamentar la información mínima que debe contener el Registro Nacional de Bases de Datos, creado por la Ley 1581 de 2012, así como los términos y condiciones bajo las cuales se deben inscribir en este los responsables del tratamiento. |
Decreto 333 de 2014 - Establece entidades para expedir firma digital
Norma: |
Decreto 333 de 2014 |
Enlace de búsqueda |
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56767#0) |
Objeto de norma: |
"Por el cual se reglamenta el artículo 160 del Decreto-Ley 19 de 2012." |
Síntesis de norma: |
El presente decreto tiene por objeto definir el régimen de acreditación de las entidades de certificación, en desarrollo de lo previsto en el artículo 160 del Decreto-Ley 19 de 2012 |
Decreto 2926 de 2013 - Reglas del servicio postventa
Norma: |
Decreto 2926 de 2013 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Por el cual se reglamenta el artículo 19 de la Ley 1607 de 2012 y el artículo 579-2 del Estatuto Tributario." |
Síntesis de norma: |
Se dictan disposiciones relativas a la firma electrónica para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en el cual se pactan reglas del servicio postventa. |
Decreto 1510 de 2013 - Reglamenta sistema de Colombia Compra Eficiente
Norma: |
Decreto 1510 de 2013 |
Enlace de búsqueda |
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53776#163 |
Objeto de norma: |
Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública. |
Síntesis de norma: |
Las entidades estatales deben procurar el logro de los objetivos del sistema de compras y contratación pública definidos por Colombia Compra Eficiente, incluyendo mecanismos de subasta electrónica para compras en tiempo real. |
Decreto 1377 de 2013 - Se reglamento el tratamiento de datos en el ámbito personal o domestico
Norma: |
Decreto 1377 de 2013 |
Enlace de búsqueda |
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53646 |
Objeto de norma: |
Se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012. |
Síntesis de norma: |
Autorización del titular, políticas de tratamiento de los responsables y encargados, ejercicio de los derechos de los titulares, transferencias de datos personales, responsabilidad demostrada. |
Decreto Ley 019 de 2012 - Requerimientos para entidades de certificación de firma digital
Norma: |
Decreto Ley 019 de 2012 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=45322 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública." |
Síntesis de norma: |
Los artículos 160 a 163 de este decreto ley reforman los artículos 29,30, 32 y 34 de la Ley 527 de 1999, en lo referente a las características y requerimientos de las entidades de certificación para la firma digital, las actividades y deberes de las entidades de certificación y los requisitos para el cese de actividades. |
Decreto 2499 de 2012 - Se declara retención en la fuente para actividades de la industria de software
Norma: |
Decreto 2499 de 2012 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=50871 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se modifica el parágrafo del artículo 1º del Decreto 260 de 2001, adicionado por el Decreto 2521 de 2011." |
Síntesis de norma: |
Los pagos o abonos en cuenta que se realicen a contribuyentes con residencia o domicilio en Colombia obligados a presentar declaración del Impuesto sobre la renta y complementarios en el país, por actividades de análisis, diseño, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática, sean o no personalizados, así como el diseño de páginas web y consultoría en programas de informática, están sometidos a retención en la fuente a la tarifa del tres punto cinco por ciento (3.5%) del respectivo pago o abono en cuenta. En las mismas condiciones, se aplicará dicha tarifa en los servicios de licenciamiento y derecho de uso del software. |
Decreto 2364 de 2012 - Reglamentación de firma electrónica
Norma: |
Decreto 2364 de 2012 |
Enlace de búsqueda |
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50583 |
Objeto de norma: |
Firma electrónica |
Síntesis de norma: |
Se reglamenta el artículo 7° de la Ley 527 de 1999, sobre firma electrónica y se dictan otras disposiciones. |
Decreto 1929 de 2007 - Reglamenta Estatuto Tributario y factura electrónica
Norma: |
Decreto 1929 de 2007 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=25311 |
Objeto de norma: |
Reglamenta el Estatuto Tributario - factura electrónica. |
Síntesis de norma: |
Define el concepto de factura electrónica y regula diversos aspectos vinculados con la expedición y la validez de las facturas de venta electrónicas, autorizando a las personas obligadas a facturar a utilizar medios electrónicos para su expedición. |
Decreto 4149 de 2004 - Se racionalizan tramites y procedimientos de comercio exterior
Norma: |
Decreto 4149 de 2004 |
Enlace de búsqueda |
. http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1542580 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se racionalizan algunos trámites y procedimientos de comercio exterior, se crea la ventanilla única de comercio exterior y se distan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Es administrada por el MinCIT (Ministerio de Comercio, Industria y Turismo), y es soportada en medios electrónicos por medio de los cuales las entidades administrativas relacionadas con las operaciones de comercio exterior comparten información, a efectos de tramitar autorizaciones y permisos relacionados con la importación y la exportación de bienes. |
Decreto 1747 de 2000 - Reglamenta la firma digital
Norma: |
Decreto 1747 de 2000 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=4277 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999, en lo relacionado con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales." |
Síntesis de norma: |
Reglamenta a las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales. |
Decreto 1441 de 1982 - ligas y asociaciones de consumidores
Norma: |
Decreto 1441 de 1982 |
Enlace de búsqueda |
Decreto 1441 de 1982 - EVA - Función Pública (funcionpublica.gov.co) https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=34174 Decreto 3466 de 1982 - EVA - Función Pública (funcionpublica.gov.co) https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=2764 |
Objeto de norma: |
Regula la organización, reconocimiento y régimen de control y vigilancia de las asociaciones y ligas de consumidores del país. |
Síntesis de norma: |
Por el cual se regula la organización, el reconocimiento y el régimen de control y vigilancia de las ligas y asociaciones de consumidores y se dictan otras disposiciones. |
Resoluciones
Resolución 1292 de 2021 - Reglamentación para operadores postales de pago, MinTIC
Norma: |
Resolución 1292 de 2021, expedida por MinTIC. |
Enlace de búsqueda |
https://normograma.mintic.gov.co/mintic/docs/resolucion_mintic_1292_2021.htm |
Objeto de norma: |
Por la cual se establecen las reglas relativas al Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo para los Operadores Postales de Pago y se deroga la Resolución 2564 de 2016. |
Síntesis de norma: |
La presente resolución tiene por objeto establecer los requisitos y parámetros mínimos para la adecuada administración y mitigación del riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, que deben acreditar y mantener los Operadores de Servicios Postales de Pago, como parte integral de su operación de giro postal (artículo 1). Para efectos de la aplicación de la presente resolución serán sujetos obligados los Operadores de Servicios Postales de Pago, quienes deberán implementar y desarrollar el Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, atendiendo los requisitos mínimos establecidos en esta. Las actividades de giros internacionales desarrolladas por el Operador Postal Oficial estarán sujetas al sistema de Administración de Riesgos previsto en el presente Acto Administrativo (artículo 2). Igualmente, el artículo 4 y siguientes de la resolución establece el alcance del SARLAFT, las etapas para su diligenciamiento, los elementos integrantes del SARLAFT y las sanciones por su no diligenciamiento. Finalmente, el artículo 9 de la resolución establece que la Subdirección de Asuntos Postales del MinTIC publicará anualmente el monto de operación del servicio postal de pago aplicables para la presente resolución. |
Resolución 5980 de 2020 - Condiciones de aplicación de Sandbox regulatorio, CRC
Norma: |
Resolución 5980 de 2020, expedida por CRC. |
Enlace de búsqueda |
https://www.crcom.gov.co/uploads/images/files/Resoluci%C3%B3n%20CRC%205980%20de%202020.pdf |
Objeto de norma: |
"Por la cual se adiciona el título XII aplicación de mecanismos alternativos de regulación a la resolución CRC 5050 de 2016" |
Síntesis de norma: |
La resolución 5980 de 2020 tiene como objeto determinar las condiciones generales para la aplicación del Sandbox regulatorio como mecanismo alternativo de regulación basado en la experimentación monitoreada, con el objetivo de generar innovación en cualquier aspecto en la provisión de redes y servicios de comunicaciones, incluyendo los servicios postales. En todo caso, a la fecha no se ha iniciado Sandbox alguno para operadores postales. Esta resolución contiene los pasos a seguir para la apertura de procesos de regulación experimental, a través de Sandbox en el sector TIC y postal, señalando que los requisitos básicos de las propuestas de sandbox deben contener: (i) innovación de la propuesta presentada frente a la oferta disponible en el mercado; (ii) beneficios esperados para los ciudadanos; (iii) necesidad demostrada de por qué no puede ser implementada la propuesta por la regulación corriente; (iv) la experiencia del proponente para poner en práctica la propuesta presentada. La CRC puede hacer los ajustes que considere conveniente, en caso de ser aceptada la propuesta, señalando que el plazo de experimentación de la propuesta será de doce meses, prorrogables por un lapso igual. |
Resolución 0046 de 2019 - Agilización y optimización de operaciones de comercio exterior, DIAN
Norma: |
Resolución Externa 0046 de 2019, expedida por DIAN. |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Por la cual se reglamenta el Decreto 1165 de 02 de julio de 2019 |
Síntesis de norma: |
La presente norma, busca facilitar y agilizar las operaciones de comercio exterior, adoptar procedimientos simplificados, promover la implementación de nuevas tecnologías y el cumplimiento de los tratados y pactos internacionales. Se busca agilizar las operaciones de comercio exterior, para garantizar la dinámica de intercambio comercial, el acceso de los productos y servicios a los mercados internos y externos y la competitividad de los productos y servicios colombianos en el mercado internacional. Respecto al tráfico postal y envíos urgentes, la resolución incluye las siguientes disposiciones: · Sanción al registro en el servicio informático electrónico una subpartida arancelaria diferente a la subpartida arancelaria general de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, cuando la guía original no registró ninguna desde su emisión en origen (numeral 11 del artículo 12 de la resolución). · El artículo 110 y siguientes de la resolución regula lo referente a los requisitos para actuar como intermediario de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes y depósitos para envíos urgentes. · El artículo 124 establece los requisitos para la declaración anticipada obligatoria para la importación de mercancías, exceptuando de la obligación de tal declaración a las importaciones que se realicen bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes. · El artículo 163 a 165 se ocupa de regular los requisitos generales para la habilitación de las zonas de verificación para la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes. · El artículo 166 y siguientes contiene los requisitos para el trámite para la solicitud de habilitación de los centros de distribución logística internacional y las zonas de verificación para la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes. · Respecto al régimen de importación (llegada de la mercancía al territorio aduanero nacional), el artículo 188 de la resolución señala que en la información de los documentos de transporte de la mercancía, provenientes de tráfico postal y envíos urgentes, se debe incluir la información relativa al valor FOB de la mercancía, bajo el Formato 1166 versión 7. · El artículo 263 establece que serán intermediarios del tráfico postal y envíos urgentes la sociedad "Servicios Postales Nacionales", las sociedades autorizadas por ésta y las empresas de transporte internacional que cuenten con licencia del MinTIC para actuar como empresas de mensajería especializada, debidamente inscritas en la DIAN. · Los artículos 264 y siguientes regulan, respecto al tráfico postal y envíos urgentes, el lugar para realizar los trámites de importación, el procedimiento para la presentación de documentos a la autoridad aduanera, los cambios de modalidad (en concordancia con el artículo 355 de la misma resolución), la identificación de la mercancía, la liquidación de los tributos aduaneros, entre otros. · El artículo 523 establece los requisitos para la exportación de productos objeto de tráfico postal y envíos urgentes desde las zonas francas. |
Resolución Externa 01 de 2018 - Modifica régimen de cambios internacionales, Banco de la República.
Norma: |
Resolución Externa 01 de 2018, expedida por Banco de la República. |
Enlace de búsqueda |
https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/reglamentacion/compendio-res-ext-1-de-2018.pdf |
Objeto de norma: |
Por la cual se compendia y modifica el régimen de cambios internacionales. |
Síntesis de norma: |
Mediante esta norma se adopta la reglamentación general, los términos, condiciones y procedimientos aplicables a la declaración de cambio y a las operaciones de que trata la presente resolución. Así mismo, podrá solicitar la información adicional que considere pertinente para el seguimiento de las operaciones de cambio. Se busca determinar que la declaración de cambio es la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio canalizadas por conducto del mercado cambiario, suministrada por los residentes y no residentes que realizan las operaciones de cambio y transmitida al Banco de la República por los intermediarios del mercado cambiario y los titulares de cuentas de compensación. Igualmente establece que toda operación de obligatoria canalización, a través del mercado cambiario, debe realizarse por conducto de los intermediarios del mercado cambiario. Sin intermediarios bancarios autorizados por el artículo 7 de la resolución: • Los establecimientos bancarios. • Las corporaciones financieras. • La Financiera de Desarrollo Nacional. • Bancoldex. • Las Cooperativas financieras • Las sociedades comisionistas de bolsa de valores. • Las sociedades de intermediación bancaria y de servicios financieros especiales. • Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. • La Financiera de Desarrollo Territorial. • El Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario. • El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior. • La Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial. • El Fondo Nacional de Ahorro. El artículo 8 de la resolución establece las operaciones autorizadas dentro del mercado cambiario para las entidades antes listadas y los requisitos de las operaciones. |
Resolución 072 de 2017 - Selecciona contribuyentes para facturar electrónicamente, DIAN
Norma: |
Resolución 072 de 2017, expedida por DIAN. |
Enlace de búsqueda |
https://incp.org.co/Site/publicaciones/info/archivos/Resolucion-000072-de-2017.pdf |
Objeto de norma: |
Por la cual se seleccionan unos contribuyentes para facturar electrónicamente. |
Síntesis de norma: |
Establece que los seleccionados son todos los contribuyentes que a la fecha de la resolución, y durante los 5 años anteriores, hayan solicitado rangos de numeración para la factura electrónica. |
Resolución 019 de 2016, Sistema de control de factura electrónica, DIAN
Norma: |
Resolución 019 de 2016, expedida por DIAN. |
Enlace de búsqueda |
https://facturaenlinea.co/facturaenlinea/Resolucion_000019_24_Febrero_2016_FACTURA_ELECTRONICA.pdf |
Objeto de norma: |
Mediante la cual se prescribe un sistema técnico de control para la factura electrónica acorde con el Decreto 2242 de 2015, se señalan los procedimientos que deben agotar y los requisitos que deben cumplir los sujetos del ámbito de este decreto y se disponen otros aspectos en relación con la factura electrónica. |
Síntesis de norma: |
Se establece el sistema técnico de control para la Factura electrónica. El sistema técnico de control para la factura electrónica comprende los elementos técnicos, las condiciones y los procedimientos establecidos en el Decreto 2242 de 2015, los cuales son necesarios para la interoperabilidad, masificación y el control fiscal de la factura electrónica. |
Resolución Externa 08 de 2000 - Régimen de cambios internacionales, Banco de la República.
Norma: |
Resolución Externa 08 de 2000, expedida por Banco de la República. |
Enlace de búsqueda |
https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/reglamentacion/archivos/re_8_2000_compendio.pdf |
Objeto de norma: |
"Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales." |
Síntesis de norma: |
Mediante esta norma se adopta la reglamentación general los términos, condiciones y procedimientos aplicables a la declaración de cambio y a las operaciones de qué trata la presente resolución. Así mismo, podrá solicitar la información adicional que considere pertinente para el seguimiento de las operaciones de cambio. Se busca determinar que la declaración de cambio es la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio canalizadas por conducto del mercado cambiario, suministrada por los residentes y no residentes que realizan las operaciones de cambio y transmitida al Banco de la República por los intermediarios del mercado cambiario y los titulares de cuentas de compensación. |
Resolución 0046 de 2019 - Facilitar y agilizar operaciones de comercio exterior, DIAN
Norma: |
Resolución 0046 de 2019, expedida por la DIAN |
Enlace de búsqueda |
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000046%20de%2026-07-2019.pdf |
Objeto de norma: |
"Por la cual se reglamenta el Decreto 1165 de 2 de julio de 2019" |
Síntesis de norma: |
La presente norma, busca facilitar y agilizar las operaciones de comercio exterior, adoptar procedimientos simplificados, promover la implementación de nuevas tecnologías y el cumplimiento de los tratados y pactos internacionales. Se busca agilizar las operaciones de comercio exterior, para garantizar la dinámica de intercambio comercial, el acceso de los productos y servicios a los mercados internos y externos y la competitividad de los productos y servicios colombianos en el mercado internacional. |
Resolución 12761 de 2011 - Reglamentación de declaración de renta por medios electrónicos, DIAN
Norma: |
Resolución 12761 de 2011, expedida por la DIAN |
Enlace de búsqueda |
|
Objeto de norma: |
Establece los obligados a declarar a través de los medios informáticos electrónicos. |
Síntesis de norma: |
Presentar declaraciones en forma virtual a través de los Servicios Informáticos Electrónicos. Deben presentar declaraciones y diligenciar los recibos de pago, en forma virtual a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, los contribuyentes, responsables, agentes de retención y usuarios aduaneros. |
Resolución 14465 de 2007 - Contenido técnico de factura electrónico, DIAN
Norma: |
Resolución 14465 de 2007, expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. |
Enlace de búsqueda |
https://cijuf.org.co/resoluciones/resoluciones07/r14465.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se establecen las características y contenido técnico de la factura electrónica y de las notas crédito y otros aspectos relacionados con esta modalidad de facturación, y se adecúa el sistema técnico de control." |
Síntesis de norma: |
A quienes aplica el uso de la factura electrónica, a partir de qué fecha se debe implementar la factura electrónica. Cuál debe ser el procedimiento que se debe tener en cuenta para la autorización de la numeración. Contenido técnico de control de la factura electrónica y las notas crédito así como los deberes de los obligados a llevar contabilidad y presentar reportes ante la DIAN mediante la factura electrónica. |
Resolución 26930 de 2000 - Se fijan estándares para entidades de certificación y sus auditores, SIC
Norma: |
Resolución 26930 de 2000, expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio. |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Por la cual se fijan los estándares para la autorización y funcionamiento de las entidades de certificación y sus auditores." |
Síntesis de norma: |
Establece los deberes a cargo de las entidades de certificación abierta y cerrada, como es la expedición de una política de seguridad, la información que deberán reportar, el régimen que deberán observar quienes funjan como auditores de estas entidades, al igual que el contenido de los informes de auditoría, así como el procedimiento para obtener la autorización dirigida al cese o suspensión de actividades. |
Sentencias de Altas Cortes
Consejo de Estado
Consejo de Estado - Demanda de nulidad a decreto que reglamenta entidades de certificación y firmas digitales
Sentencia |
Demanda de nulidad de los artículos 4 y 15 del Decreto 1747 de 2000 que reglamentó la Ley 527 de 1999 Sentencia del 8 de febrero de 2018 |
Enlace web |
https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30034686 |
Magistrado Ponente |
María Elizabeth García González Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Primera |
Síntesis de la Sentencia |
Se deniegan las súplicas de la demanda por cuanto los artículos 4º y 15 numeral 1º del Decreto 1747 de 11 de septiembre de 2000, que regulaba lo atinente a los certificados y firmas digitales, no vulneraron la Ley 527 de 18 de agosto de 1999 ni la Ley Modelo de Comercio Electrónico -LMCE- de las Naciones Unidas, aprobada por la Asamblea General de la ONU, en la medida en que no restringieron la autonomía de la voluntad de las partes ni el principio de la «equivalencia funcional», pues si bien es cierto que solo los certificados emitidos por las Entidades de Certificación Cerrada tenían efectos entre la misma y el usuario, también lo es que el interesado se encontraba en total libertad de acudir a una Entidad de Certificación Abierta autorizada por la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando requiriera que un mensaje de datos fuese respaldado a través de una firma y un certificado digital. Se evidenció que, por el contrario, los actos acusados, se subsumieron a los principios de la «no discriminación de los mensajes de datos», «minimalista» y el de la «equivalencia funcional. |
C-439 de 2019 - Control de constitucionalidad al Estatuto del Consumidor
Sentencia |
C-439 de 2019 |
Enlace web |
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2019/C-439-19.htm |
Magistrado Ponente |
Diana Fajardo Rivera |
Síntesis de la Sentencia |
Control de constitucionalidad del contenido de la Ley 1480 de 2011. (Estatuto del Consumidor), en contra de los artículos 50 y 51 referentes al comercio electrónico |
C-184 de 2016 - Control de constitucionalidad al Tratado de Libre Comercio con Corea del Sur
Sentencia |
C-184 de 2016 |
Enlace web |
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2016/C-184-16.htm |
Magistrado Ponente |
Gloria Stella Ortiz Delgado |
Síntesis de la Sentencia |
Control de constitucionalidad del contenido de la Ley 1747 de 2011. (Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Corea del Sur). Analiza el alcance del comercio transfronterizo de servicios, mediante comercio electrónico y los derechos de la propiedad intelectual |
C-750 de 2008 - Control constitucional al Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos de América
Sentencia |
C-750 de 2008 |
Enlace web |
https://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2008/C-750-08.htm |
Magistrado Ponente |
Clara Inés Vargas Hernández |
Síntesis de la Sentencia |
Por la cual se aprueba el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América. Incluye análisis sobre los capítulos de telecomunicaciones y de comercio electrónico del TLC. Para la Corte el Capítulo sobre comercio electrónico armoniza plenamente con la Constitución Política, siendo el principal objetivo de la mesa de Comercio Electrónico el acordar reglas de juego que permitan la expansión del comercio electrónico como instrumento para crear nuevas oportunidades de negocios entre Colombia y Estados Unidos, evitando la imposición de gravámenes sobre las transacciones electrónicas y reconociendo que el empleo de medios tecnológicos de punta para el comercio repercute favorablemente en la expansión del comercio internacional al agilizar y hacer más eficiente las relaciones entre comerciantes y usuarios de bienes y servicios. |
C-259 de 2008 - Control de constitucionalidad a publicación electrónica de contratación pública
Sentencia |
C-259 de 2008 |
Enlace web |
https://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2008/C-259-08.htm |
Magistrado Ponente |
Jaime Córdoba Triviño |
Síntesis de la Sentencia |
Se hace control de constitucionalidad al contenido de publicación electrónica de la contratación pública dispuesto en la Ley 1150 de 2007. |
Corte Constitucional
C-1147 de 2001 - Control de constitucionalidad a deberes en materia tributaria de titulares de páginas web y sitios de Internet
Sentencia |
C-1147 de 2001 |
Enlace web |
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2001/C-1147-01.htm |
Magistrado Ponente |
Manuel José Cepeda Espinosa |
Síntesis de la Sentencia |
Deberes de los titulares de páginas web y sitios de Internet en materia tributaria. |
Circulares
Circular Única Superintendencia de Industria y Comercio SIC - Actualización 2021
Norma: |
Circular Única Superintendencia de Industria y Comercio SIC - Actualización 2021. |
Enlace de búsqueda |
https://www.sic.gov.co/sites/default/files/normatividad/062021/Titulo%20II-Act%202021.pdf |
Objeto de norma: |
Compila disposiciones expedidas por la SIC |
Síntesis de norma: |
Capítulo 2. Información al consumidor 2.3. Información pública de precios. El artículo 26 de la Ley 1480 de 2011 establece que todo proveedor o expendedor está obligado a informar al consumidor en pesos colombianos el precio de venta al público, incluidos todos los impuestos y costos adicionales de los productos, que el precio debe informarse visualmente y que el consumidor sólo estará obligado a pagar el precio anunciado. En consecuencia, todo proveedor o expendedor deberá informar el precio de venta de los bienes o servicios que ofrezca al público de conformidad con lo establecido en el presente numeral, sin perjuicio de la reglamentación especial que puedan expedir otras autoridades competentes en sectores específicos de la economía. |
Síntesis de norma: |
2.3.3.2. Definiciones. Ventas a distancia: Son las realizadas sin que el consumidor tenga contacto directo con el producto que adquiere y que se dan por medios tales como, pero sin limitarse a, catálogos, folletos o vía comercio electrónico. |
Síntesis de norma: |
2.3.1. Sistemas de indicación pública de precios, literal D; En forma contigua a la imagen o descripción del producto en ventas a distancia mediante catálogo, folleto o comercio electrónico. |
Síntesis de norma: |
2.3.3.3. Reglas para la Indicación del PUM, Literal B; Con el fin de facilitar al consumidor la comparación del precio de los productos de similares características, el comerciante tiene la obligación de informar en la góndola, estante, anaquel, o mediante etiqueta adherida a los productos mismos, el Precio por Unidad de Medida PUM utilizando unidades de masa, volumen, longitud, área o unidad de producto de manera idéntica para todos los productos de la misma categoría que se encuentren en el establecimiento de comercio, catálogo, folleto o canal de comercio electrónico expresada en la misma unidad del Sistema Internacional de Unidades - SI. |
Circular externa 016 de 2021 - Actividades de Innovación financiera, Superfinanciera
Norma: |
Circular Externa 016 de 2021, Superintendencia Financiera de Colombia |
Enlace de búsqueda |
https://www.cerlatam.com/normatividad/superfinanciera-circular-externa-016-de-2021/ |
Objeto de norma: |
Instrucciones relacionadas con el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera |
Síntesis de norma: |
Imparte instrucciones en relación con los requisitos para ingresar al espacio de prueba temporal, el procedimiento para la evaluación de las solicitudes para obtener el COT (Certificado de Operación Temporal), la evaluación de los resultados de la prueba temporal, las causales objetivas de revocatoria del COT y los requisitos de promoción y comercialización de los productos y servicios financieros en el espacio controlado de prueba. |
Circular Externa 05 de 18 de marzo de 2021, Reglamenta registro de adquirientes no vigilados, Superfinanciera
Norma: |
Circular Externa 05 de 18 de marzo de 2021 de Superfinanciera. |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Instrucciones relacionadas con el Registro de Adquirentes No Vigilados- RANV" |
Síntesis de norma: |
En consideración a las disposiciones contenidas en el artículo 2.17.3.1.1 del Decreto 2555 del 2010, modificado por el Decreto 1692 del 2020, que establece que la actividad de adquirencia puede ser desarrollada por los establecimientos de crédito, las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos SEDPE y por sociedades no vigiladas por la Superintendencia Financiera, esta última entidad impartió instrucciones. Así, creó el Capítulo IX, Título IV, Parte III en lo relacionado con entidades administradoras de sistemas de pago de bajo valor (EASPBV) de la Circular Básica Jurídica. Igualmente, modificó el subnumeral 2.3. del Capítulo V, Título I, Parte I bienes e inversiones de las entidades vigiladas. Adicionalmente, atendiendo lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 1692, las entidades administradoras de sistemas de pago de bajo valor que también desarrollan la actividad de adquirencia deben informar a la superintendencia, a más tardar el 19 de abril de este año, qué actividad desarrollarán y adjuntar el plan de ajuste para dar cumplimiento a las disposiciones que le sean aplicables. |
Circular 013 de 29 de julio de 2021 - Parámetros para asignación de certificados de firma digital, MinCIT.
Norma: |
Circular 013 de 29 de julio de 2021 de MinCIT. |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Asignación de certificado de firma digital" |
Síntesis de norma: |
Mediante la cual, se establecen los parámetros para la asignación de certificados de firma digital, tanto para los usuarios nuevos, como para los usuarios registrados que realicen el trámite por medio de la Ventanilla Única del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. |
Circular Conjunta del 11 de abril de 2020 - Reglamenta plataformas para comercio electrónico durante el aislamiento preventivo obligatorio, MinTIC y MinCIT
Norma: |
Circular Conjunta del 11 de abril de 2020 de los Ministerios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de Comercio, Industria y Turismo. |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Alcance al artículo 3 del Decreto 531 de 2020, en lo relacionado con comercio electrónico." Decreto 531 de 2020: "Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público". |
Síntesis de norma: |
El Decreto 531 de 2020, contempla 35 excepciones que permiten el derecho de circulación de personas para los casos o actividades allí consagradas en el territorio nacional durante el aislamiento preventivo obligatorio. De esa manera las empresas podrán hacer uso amplio de las plataformas de comercio electrónico para adquirir mercancías de ordinario consumo, las cuales podrán ser desarrolladas durante la media de aislamiento preventivo obligatorio. |
Circular Externa 011 de 22 de diciembre de 2020 - Reglamenta aplicación de PMU, SIC
Norma: |
Circular Externa 011 de 22 de diciembre de 2020 de Superintendencia de Industria y Comercio. |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Modificar el numeral 2.3.3 del Capítulo Segundo del Título 11 de la Circular Única de la SIC, precisando el ámbito de aplicación del sistema de indicación de precios por unidad de medida (PUM)." |
Síntesis de norma: |
La finalidad del PMU, es garantizar a los consumidores el ejercicio efectivo del derecho a la información, el derecho a la libre e informada elección, y asegurar la protección de los intereses económicos de los consumidores, facilitando la comparación de precios, no solo dentro del mismo almacén o comercio que realiza ventas mediante métodos a distancia, sino también en relación con los productos ofrecidos en otros almacenes o comercios que realizan ventas a través de métodos a distancia. |
Circular Externa 008 de 2018 - Requerimientos mínimos de seguridad y calidad en operaciones, Superintendencia Financiera
Norma: |
Circular Externa 008 de 2018, Superintendencia Financiera de Colombia |
Enlace de búsqueda |
https://www.superfinanciera.gov.co/descargas/institucional/pubFile1031742/ce008_18.doc |
Objeto de norma: |
"Imparte instrucciones en materia de requerimientos mínimos de seguridad y calidad para la realización de operaciones." |
Síntesis de norma: |
Con el fin de introducir los conceptos de ambiente de venta presente, ambiente de venta no presente y entidades administradoras de pasarelas de pago, y fijar los requerimientos mínimos que deben cumplir los establecimientos de crédito y los administradores de sistemas de pago de bajo valor que vinculen administradores de pasarelas de pago para la realización de operaciones en ambiente de venta no presente. |
Circular 039 de 2011, Busca evitar prácticas abusivas, Superintendencia Financiera
Norma: |
Circular 039 de 2011, Superintendencia Financiera de Colombia |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Modifica la Circular Básica Jurídica en lo relativo a cláusulas y prácticas abusivas incluyéndose la sede electrónica de servicios financieros. |
Síntesis de norma: |
La presente circular modifica y/o actualiza la circular básica jurídica, y así busca evitar las prácticas abusivas en los servicios financieros, especialmente en los movimientos realizados por medio de mecanismos electrónicos, evitando así cobros injustificados, no pactados y la posición dominante. |
Circular 052 de 2007 - Seguridad informática en canales electrónicos, Superintendencia Financiera
Norma: |
Circular 052 de 2007, Superintendencia Financiera de Colombia |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Seguridad de la información en canales, entre ellos el electrónico. |
Síntesis de norma: |
Se establece la necesidad de que los canales de intercambio de información entre entidades financieras y sus clientes cumplan con criterios básicos de seguridad y calidad en el manejo de la información. Se destaca la necesidad de satisfacer los atributos de confiabilidad e integridad. |
Circular 052 de 2007, Procedimientos de Registro Nacional de Base de Datos, SIC
Norma: |
Circular 052 de 2007, Superintendencia Financiera de Colombia |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Por la cual se modifican los numerales 2.2, 2.3, 2.6 y 2.7 del Capítulo Segundo del Título V de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio. |
Síntesis de norma: |
Procedimiento para el Registro Nacional de Bases de Datos y actualización de la información. |
Directivas
Directiva Presidencial 011 de 2020 - Medidas para atender el grave impacto económico sobre las mujeres a causa de la pandemia de Covid - 19, DAPRE
Norma: |
Directiva Presidencial 011 de 2020, expedida por el Departamento Administrativo de la Presidencia. |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Medidas para atender el grave impacto económico de la pandemia de Covid - 19, sobre las mujeres |
Síntesis de norma: |
En la circular, el despacho del Señor Presidente propone una serie de compromisos encaminados a mitigar el impacto económico sobre las mujeres generado por la pandemia de Covid - 19 y a su vez el aislamiento preventivo obligatorio. Se establecen los siguientes compromisos: -. Compromiso con la generación de empleos. -. Compromiso con crecimiento limpio y sostenible. -. Compromiso con los más pobres y vulnerables de la sociedad. -. Compromiso con el campo y la paz con legalidad. La directiva establece como eje central de cada compromiso involucrar en su desarrollo a la mujer. |
Documentos CONPES
Sobre Documentos CONPES
Según el Decreto 1869 de 2017, el CONPES "es un organismo colegiado, sin personería jurídica, que asesora al Gobierno nacional en todos aquellos aspectos que se relacionan con el desarrollo económico y social del país" (art. 2.2.12.1.1.).
Dentro de sus funciones, entre otras, están "1. Servir de organismo coordinador y señalar las orientaciones generales que deben seguir los distintos organismos especializados de la dirección económica y social del Gobierno nacional. 2. Aprobar los documentos de política económica y social, y aquellos que sirvan de base para la elaboración de los planes y programas nacionales de desarrollo" (art. 2.2.12.1.3.).
Si bien es cierto los documentos CONPES carecen de vinculación jurídica, por ser expedidos por un organismo colegiado sin personería jurídica (no constituyen actos administrativos), si contienen las directrices generales del Gobierno para el manejo económico y social de los temas de relevancia para el país, estando las entidades del gobierno nacional comprometidas a ejecutar las acciones que contengan los diferentes documentos CONPES.
CONPES 4085 del 16 de mayo de 2022 - Política de Internacionalización Para el Desarrollo Productivo Regional
Número |
CONPES 4085 del 16 de mayo de 2022 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4085.pdf |
Nombre: |
Política de Internacionalización Para el Desarrollo Productivo Regional |
Objetivos |
Objetivo general: Avanzar hacia el cierre de la brecha tecnológica de Colombia, estableciendo un trabajo articulado entre los departamentos y la nación, que busque profundizar la conexión del país con el mundo y, en particular, la internacionalización de las actividades productivas de las regiones, con el fin de incrementar la productividad, las exportaciones y la inversión, y lograr así mayores niveles de prosperidad y bienestar para los colombianos. Objetivos específicos: • Facilitar la interacción del aparato productivo con extranjeros y colombianos residentes en el exterior para la adopción, adaptación y creación de nuevas tecnologías. • Promover el cierre de la brecha tecnológica de las empresas colombianas y el aumento de su productividad a través de esfuerzos de extensionismo tecnológico para su inserción en CGV y la atracción de IED estratégica a nivel nacional y departamental. • Mejorar las condiciones que permitan un mejor desempeño del comercio exterior de bienes y servicios, como medio para el cierre de la brecha tecnológica del país. • Fortalecer el papel del ecosistema de innovación en la adopción y adaptación de la tecnología para incrementar la productividad y el desarrollo de nuevos mercados y productos. • Fortalecer los marcos institucionales para la internacionalización mediante la consolidación del diálogo región/departamento con el Gobierno nacional, y entre las diferentes entidades del orden nacional. |
Líneas de acción: |
• Promover el flujo de extranjeros hacia Colombia para la adopción y adaptación de nuevas tecnologías • Fomentar la interacción estratégica con la diáspora (productiva o empresarial) colombiana. • Escalar y sofisticar los esfuerzos en materia de extensionismo tecnológico para la internacionalización • Promover mayor cumplimiento de estándares de calidad en las empresas colombianas • Mejorar la regulación que impone barreras de entrada y limita la libre competencia, lo cual implicará una mejora en el ambiente competitivo. • Mejorar el comportamiento de la participación hacia atrás de Colombia en las cadenas globales y regionales de valor • Revisar metodologías de evaluación y seguimiento de medidas arancelarias y no arancelarias • Promover la optimización de procesos de comercio exterior de bienes • Promover la adopción y adaptación de tecnologías digitales para la expansión de nuevos mercados y servicios de forma remota • Incrementar los incentivos para que el sector productivo invierta en innovación • Escalar la implementación de la Estrategia de Regionalización de la Misión de Internacionalización (ERMI) a los 32 departamentos del país • Mejorar la articulación entre los diferentes arreglos institucionales e instituciones para la internacionalización. |
CONPES 4080 del 18 de abril de 2022 - Política pública de equidad de genero para las mujeres: Hacia el desarrollo sostenible del país.
Número |
CONPES 4080 del 18 de abril de 2022 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4080.pdf |
Nombre: |
Política pública de equidad de genero para las mujeres: Hacia el desarrollo sostenible del país. |
Objetivos |
Objetivo general: Generar las condiciones que le permitan al país avanzar hacia la equidad de género y a la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales, de participación y de salud de las mujeres, así como la posibilidad de vivir una vida libre de violencias de género, contemplando un horizonte hasta el 2030. Objetivos específicos: • Aumentar las oportunidades de autonomía económica para las mujeres desde diversos ámbitos, eliminando las barreras aún existentes y dando continuidad a las políticas adelantadas con este propósito. • Desarrollar estrategias para fortalecer el liderazgo de las mujeres, con el fin de avanzar hacia la paridad en su participación en los cargos de elección popular, cargos directivos del sector público a nivel nacional y territorial y su rol en el escenario comunal. • Generar intervenciones públicas que mejoren la salud física y mental de las mujeres, con el fin de brindarles una mejor calidad de vida. • Fortalecer la política para prevenir y atender de manera integral las violencias contra las mujeres, para asegurar que tengan una vida libre de violencias • Adelantar estrategias para la implementación de la Resolución 1325 con el fin de afianzar el liderazgo de las mujeres en la construcción de paz y la agenda de seguridad en el marco de la Resolución 1325. • Fortalecer la institucionalidad para transversalizar el enfoque de género en los asuntos estratégicos de lo público para avanzar en el logro de la equidad para las mujeres desde el accionar del Estado. |
Líneas de acción: |
• Fomentar procesos de formación de capital humano de las mujeres para la inserción efectiva en el mercado laboral en condiciones de igualdad y trabajo decente • Cierre de la brecha digital de género • Adelantar estrategias que permitan eliminar las prácticas y condiciones discriminatorias contra las mujeres en el ámbito laboral y empresarial e impulsar su participación y empleabilidad en sectores de alto potencial económico • Fomentar la participación activa y sostenible de las mujeres en el tejido empresarial del país • Fomentar acciones que permitan reducir la vulnerabilidad económica, mitigar la pobreza y garantizar el acceso a infraestructura y servicios que respondan a sus necesidades • Mejorar las condiciones de vida y las oportunidades económicas de las mujeres rurales como agentes de transformación y desarrollo social y productivo • Reducir los estereotipos e imaginarios en torno a la participación de la mujer en escenarios políticos, comunales y altos cargos del Estado • Estrategias para eliminar la violencia contra las mujeres en el escenario político • Estrategias para lograr una efectiva participación de las mujeres en los escenarios públicos y en altos cargos del estado • Incentivos para que las mujeres incrementen su participación en las organizaciones comunales y escalen a nivel directivo • Promoción de participación de las mujeres rurales • Fomentar hábitos de vida saludable y reducir las afectaciones por las enfermedades cardio cerebrovasculares en las mujeres • Bienestar mental en las mujeres • Reducir la mortalidad materna con prioridad en las zonas rurales • Transformación cultural de estereotipos de género para prevenir la violencia contra las mujeres • Avanzar en el fortalecimiento de la institucionalidad nacional y regional con competencia en la prevención y atención integral de las violencias contra las mujeres. • Robustecer los sistemas de información de violencia contra las mujeres y hacerlos interoperables entre sí • Fortalecer la respuesta sectorial frente a situaciones de violencia contra las mujeres en diferentes contextos • Diseñar e implementar estrategias intersectoriales de prevención y atención integral de violencia contra mujeres con enfoque interseccional, con énfasis en la mujer rural. • Implementar políticas integrales de inclusión económica para mujeres que habitan en zonas cooptadas por economías ilícitas fortaleciendo la implementación del capítulo de mujer y género del Plan Marco de Implementación • Proporcionar entornos seguros e inclusivos para el ejercicio de las lideresas y defensoras de derechos humanos en sus comunidades • Transformación cultural desde las estrategias de comunicación • Institucionalidad para el desarrollo rural con enfoque de género |
CONPES 4069 del 20 de diciembre de 2021 - Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) 2022 - 2031
Número |
CONPES 4069 del 20 de diciembre de 2021 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4085.pdf |
Nombre: |
Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) 2022 - 2031 |
Objetivos |
Objetivo general: Incrementar la contribución de la CTI al desarrollo social, económico, ambiental, y sostenible, del país con un enfoque diferencial, territorial, y participativo, para contribuir a lograr los cambios culturales que promuevan una sociedad del conocimiento Objetivos específicos: • Incrementar las vocaciones científicas en la población infantil y juvenil; la formación en CTI, y la vinculación del capital humano relacionado en el mercado laboral, para cerrar las brechas de talento humano; fortalecer el capital humano en CTI del país, y aumentar la inserción y la demanda de doctores en el sector productivo • Mejorar la capacidad de generación de conocimiento científico y tecnológico; la infraestructura científica y tecnológica, y las capacidades de las IGC y de las entidades de soporte, para aumentar la calidad e impacto en la sociedad colombiana del conocimiento • Mejorar las capacidades y condiciones para innovar y emprender; la transferencia de conocimiento y tecnología hacia el sector productivo y la sociedad en general, así como las condiciones para favorecer la adopción de tecnologías e incrementar los niveles de innovación y productividad del país. • Fortalecer los procesos de inclusión, impacto, y cultura de CTI y la comunicación pública del quehacer científico y de la CTI, para lograr un cambio cultural en la sociedad colombiana a través de la valoración y apropiación social del conocimiento. • Aumentar la inclusión social en el desarrollo de la CTI, las capacidades regionales en CTI, y la cooperación a nivel regional e internacional, para consolidar el SNCTI y los sistemas regionales de innovación. • Mejorar la articulación institucional, el marco regulatorio, y la capacidad de inteligencia e información estratégica en CTI, para mejorar la dinamización; gobernanza, y relacionamiento de actores, del SNCTI. • Incrementar la financiación de la CTI, mejorar su eficiencia y eficacia, y su monitoreo y evaluación, para incrementar el alcance y la optimización de las inversiones en CTI. |
Líneas de acción: |
• Incrementar las vocaciones científicas en la población infantil y juvenil del país • Aumentar el capital humano y la formación de alto nivel en CTI • Incrementar la inserción de capital humano en CTI y con formación de alto nivel en el mercado laboral • Incrementar la capacidad de generación de conocimiento científico y tecnológico • Mejorar la infraestructura científica y tecnológica • Incrementar las capacidades de las IGC y de las entidades de soporte • Mejorar las capacidades y condiciones para innovar y emprender • Aumentar la transferencia de conocimiento y tecnología hacia el sector productivo • Mejorar las condiciones para favorecer la adopción de tecnologías • Consolidar procesos de inclusión, impacto y cultura de CTI • Mejorar la comunicación pública del quehacer científico y de la CTI • Reducir las brechas de inclusión social en el desarrollo de la CTI • Fortalecer las capacidades regionales en CTI y la cooperación a nivel regional • Aumentar la cooperación internacional • Mejorar la articulación institucional y el marco regulatorio para la CTI • Aumentar la capacidad de inteligencia e información estratégica en CTI • Incrementar y estabilizar la financiación de la CTI y alrededor de misiones • Mejorar la eficiencia y eficacia de los instrumentos de financiación • Fortalecer el monitoreo y evaluación de la CTI |
CONPES 4012 del 30 de noviembre de 2020 - Política Nacional de Comercio Electrónico
Número |
CONPES 4012 del 30 de noviembre de 2020 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4012.pdf |
Nombre: |
Política Nacional de Comercio Electrónico |
Objetivos |
Objetivo general: Impulsar el comercio electrónico en Colombia en las empresas y la ciudadanía para aumentar la generación de valor social y económico en el país. Objetivos específicos: • Generar capacidades para impulsar el uso y apropiación del comercio electrónico en las empresas. • Generar capacidades para impulsar el uso y apropiación del comercio electrónico en la ciudadanía. • Fomentar la innovación y las buenas prácticas en la prestación de los servicios postales y logísticos para dar respuesta a las dinámicas el comercio electrónico. • Definir acuerdos institucionales y actualizar el marco normativo para impulsar el comercio electrónico. |
Líneas de acción: |
• Desarrollar estrategia de comercio electrónico para la inclusión productiva. • Facilitar y promover la adopción tecnológica y herramientas digitales de comercio electrónico en las empresas. • Evaluar los costos asociados para transacciones digitales en el comercio electrónico. • Crear y fortalecer las habilidades técnicas y de talento especializado en la cadena de valor del comercio electrónico para las empresas. • Generar confianza y cultura ciudadana en el comercio electrónico. • Desarrollo de Manual de buenas prácticas para operadores postales y logísticos en el comercio electrónico. • Desarrollo de un marco de gobernanza e institucionalidad para el comercio electrónico. • Actualización normativa para responder a los nuevos desafíos, actores y tecnologías relacionadas con el comercio electrónico. • Habilitar mecanismos regulatorios complementarios para la innovación en el comercio electrónico. • Diagnóstico al programa Exportafácil Colombia. • Diseño e implementación de un sistema de información de comercio electrónico. |
CONPES 4005 del 28 de septiembre de 2020 - Política Nacional de Inclusión y Educación Económica y Financiera
Número |
CONPES 4005 del 28 de septiembre de 2020 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4005.pdf |
Nombre: |
Política Nacional de Inclusión y Educación Económica y Financiera |
Objetivos |
• Ampliar la oferta de productos y servicios financieros a la medida y mejorar su pertinencia para aumentar la inclusión financiera de personas y empresas. • Generar mayores competencias, conocimiento y confianza en el sistema financiero y sectores asociados para desincentivar el uso del efectivo y promover el uso de los servicios financieros formales. • Fortalecer la infraestructura financiera y digital para incrementar el acceso, uso y eficiencia de los servicios financieros formales. • Proponer una gobernanza institucional para mejorar la articulación en la implementación de las estrategias de educación e inclusión financiera. |
Líneas de acción: |
• Promoción del acceso de personas y empresas a más y mejores productos y servicios financieros • Pertinencia de los productos y servicios financieros dirigidos a la población vulnerable • Calidad y pertinencia del programa de educación económica y financiera formal • Calidad y pertinencia de los programas de educación económica y financiera no formal • Mayor claridad y confianza sobre los productos y servicios financieros • Disponibilidad del servicio de autenticación digital para servicios con el Estado, mayor interoperabilidad y competencia en el mercado de información de los consumidores financieros y del sistema de pagos de bajo valor • Articulación institucional para una mejor gobernanza • Medición de la inclusión financiera |
CONPES 3995 del 01 de julio de 2020 - Política Nacional de Confianza y Seguridad Digital
Número |
CONPES 3995 del 01 de julio de 2020 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/3995.pdf |
Nombre: |
Política Nacional de Confianza y Seguridad Digital |
Objetivo |
• Fortalecer las capacidades en seguridad digital de los ciudadanos, del sector público y del sector privado para aumentar la confianza digital en el país. • Actualizar el marco de gobernanza en materia de seguridad digital para aumentar su grado de desarrollo y mejorar el avance en seguridad digital del país. • Analizar la adopción de modelos, estándares y marcos de trabajo en materia de seguridad digital, con énfasis en nuevas tecnologías para preparar al país a los desafíos de la 4RI. |
Líneas de acción |
El documento no especifica las líneas de acción en su plan de acción. |
CONPES 3982 del 13 de enero de 2020 - Política Nacional Logística
Número |
CONPES 3982 del 13 de enero de 2020 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/3982.pdf |
Nombre: |
Política Nacional Logística |
Objetivo |
• Promover la intermodalidad a través del desarrollo de modos de transporte competitivos y de conexiones eficientes de intercambio modal con el fin de reducir los costos logísticos de transporte nacional. • Promover la facilitación del comercio a través de la optimización de la operación e infraestructura de los nodos de intercambio comercial y los trámites de importación y exportación con el fin de reducir los tiempos logísticos en las operaciones de comercio exterior. • Diseñar mecanismos de articulación institucional, acceso a la información, promoción del uso de TIC y fortalecimiento del capital humano en los procesos logísticos con el fin de optimizar su desempeño. |
Líneas de Acción: |
• Generación de condiciones para el desarrollo de un sistema de transporte intermodal eficiente • Modernización en la prestación de los servicios de transporte de carga • Optimización de la oferta de infraestructura de los terminales de comercio exterior • Optimizar los trámites de importación y exportación • Fortalecimiento institucional en los sectores de transporte y comercio • Promover el acceso a la información y el uso de TIC en logística • Promoción de capital humano cualificado orientado a la logística |
CONPES 3975 de 8 de noviembre de 2019 - Política Nacional para la transformación digital e inteligencia artificial
Número |
CONPES 3975 de 8 de noviembre de 2019 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/3975.pdf |
Nombre: |
Política nacional para la transformación digital e inteligencia artificial |
Objetivo: |
• Disminuir las barreras que impiden la incorporación de tecnologías digitales en el sector privado y en el sector público para facilitar la transformación digital del país. • Crear condiciones habilitantes para la innovación digital en los sectores público y privado con el propósito que sea un mecanismo para el desarrollo de la transformación digital. • Fortalecer las competencias del capital humano para afrontar la 4RI con el fin de asegurar el recurso humano requerido. • Desarrollar condiciones habilitantes para preparar a Colombia para los cambios económicos y sociales que conlleva la IA. |
Líneas de Acción: |
• Disminuir barreras relacionadas con la falta de cultura y el desconocimiento para abordar la adopción y explotación de la transformación digital en el sector privado. • Desarrollar ajustes normativos e institucionales para favorecer la adopción de la transformación digital en componentes clave de la productividad empresarial • Mejorar el desempeño de la política de gobierno digital, para abordar la adopción y explotación de la transformación digital en el sector público • Alianzas internacionales para la innovación • Diseñar y ejecutar iniciativas de fomento al emprendimiento y la transformación digital • Promover la innovación basada en TIC en el sector público • Ejecutar iniciativas de alto impacto apoyadas en la transformación digital • Generar condiciones habilitantes que favorezcan el desarrollo de competencias digitales durante la trayectoria educativa, correspondientes con los retos de las transformaciones tecnológicas • Desarrollar capacidades y competencias para potenciar la interacción de la comunidad educativa con las tecnologías emergentes para aprovechar las oportunidades y retos de la 4RI o industria 4.0 • Configuración de ecosistemas de innovación orientados a generar apropiación de la cultura innovadora para incentivar el desarrollo social y económico • Alianzas internacionales para la formación de talento • Preparación de la educación, con prioridad en IA, que contribuya al desarrollo de competencias para la 4RI • Generar las condiciones habilitantes para impulsar el desarrollo de la IA en Colombia • Impulsar el desarrollo de tecnologías digitales para la 4RI en Colombia |
Circulares
Circulares
Circular Única Superintendencia de Industria y Comercio SIC - Actualización 2021
Norma: |
Circular Única Superintendencia de Industria y Comercio SIC - Actualización 2021. |
Enlace de búsqueda |
https://www.sic.gov.co/sites/default/files/normatividad/062021/Titulo%20II-Act%202021.pdf |
Objeto de norma: |
Compila disposiciones expedidas por la SIC |
Síntesis de norma: |
Capítulo 2. Información al consumidor 2.3. Información pública de precios. El artículo 26 de la Ley 1480 de 2011 establece que todo proveedor o expendedor está obligado a informar al consumidor en pesos colombianos el precio de venta al público, incluidos todos los impuestos y costos adicionales de los productos, que el precio debe informarse visualmente y que el consumidor sólo estará obligado a pagar el precio anunciado. En consecuencia, todo proveedor o expendedor deberá informar el precio de venta de los bienes o servicios que ofrezca al público de conformidad con lo establecido en el presente numeral, sin perjuicio de la reglamentación especial que puedan expedir otras autoridades competentes en sectores específicos de la economía. |
Síntesis de norma: |
2.3.3.2. Definiciones. Ventas a distancia: Son las realizadas sin que el consumidor tenga contacto directo con el producto que adquiere y que se dan por medios tales como, pero sin limitarse a, catálogos, folletos o vía comercio electrónico. |
Síntesis de norma: |
2.3.1. Sistemas de indicación pública de precios, literal D; En forma contigua a la imagen o descripción del producto en ventas a distancia mediante catálogo, folleto o comercio electrónico. |
Síntesis de norma: |
2.3.3.3. Reglas para la Indicación del PUM, Literal B; Con el fin de facilitar al consumidor la comparación del precio de los productos de similares características, el comerciante tiene la obligación de informar en la góndola, estante, anaquel, o mediante etiqueta adherida a los productos mismos, el Precio por Unidad de Medida PUM utilizando unidades de masa, volumen, longitud, área o unidad de producto de manera idéntica para todos los productos de la misma categoría que se encuentren en el establecimiento de comercio, catálogo, folleto o canal de comercio electrónico expresada en la misma unidad del Sistema Internacional de Unidades - SI. |
Circular externa 016 de 2021 - Actividades de Innovación financiera, Superfinanciera
Norma: |
Circular Externa 016 de 2021, Superintendencia Financiera de Colombia |
Enlace de búsqueda |
https://www.cerlatam.com/normatividad/superfinanciera-circular-externa-016-de-2021/ |
Objeto de norma: |
Instrucciones relacionadas con el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera |
Síntesis de norma: |
Imparte instrucciones en relación con los requisitos para ingresar al espacio de prueba temporal, el procedimiento para la evaluación de las solicitudes para obtener el COT (Certificado de Operación Temporal), la evaluación de los resultados de la prueba temporal, las causales objetivas de revocatoria del COT y los requisitos de promoción y comercialización de los productos y servicios financieros en el espacio controlado de prueba. |
Circular Externa 05 de 18 de marzo de 2021, Reglamenta registro de adquirientes no vigilados, Superfinanciera
Norma: |
Circular Externa 05 de 18 de marzo de 2021 de Superfinanciera. |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Instrucciones relacionadas con el Registro de Adquirentes No Vigilados- RANV" |
Síntesis de norma: |
En consideración a las disposiciones contenidas en el artículo 2.17.3.1.1 del Decreto 2555 del 2010, modificado por el Decreto 1692 del 2020, que establece que la actividad de adquirencia puede ser desarrollada por los establecimientos de crédito, las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos SEDPE y por sociedades no vigiladas por la Superintendencia Financiera, esta última entidad impartió instrucciones. Así, creó el Capítulo IX, Título IV, Parte III en lo relacionado con entidades administradoras de sistemas de pago de bajo valor (EASPBV) de la Circular Básica Jurídica. Igualmente, modificó el subnumeral 2.3. del Capítulo V, Título I, Parte I bienes e inversiones de las entidades vigiladas. Adicionalmente, atendiendo lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 1692, las entidades administradoras de sistemas de pago de bajo valor que también desarrollan la actividad de adquirencia deben informar a la superintendencia, a más tardar el 19 de abril de este año, qué actividad desarrollarán y adjuntar el plan de ajuste para dar cumplimiento a las disposiciones que le sean aplicables. |
Circular 013 de 29 de julio de 2021 - Parámetros para asignación de certificados de firma digital, MinCIT.
Norma: |
Circular 013 de 29 de julio de 2021 de MinCIT. |
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Objeto de norma: |
"Asignación de certificado de firma digital" |
Síntesis de norma: |
Mediante la cual, se establecen los parámetros para la asignación de certificados de firma digital, tanto para los usuarios nuevos, como para los usuarios registrados que realicen el trámite por medio de la Ventanilla Única del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. |
Circular Conjunta del 11 de abril de 2020 - Reglamenta plataformas para comercio electrónico durante el aislamiento preventivo obligatorio, MinTIC y MinCIT
Norma: |
Circular Conjunta del 11 de abril de 2020 de los Ministerios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de Comercio, Industria y Turismo. |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Alcance al artículo 3 del Decreto 531 de 2020, en lo relacionado con comercio electrónico." Decreto 531 de 2020: "Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público". |
Síntesis de norma: |
El Decreto 531 de 2020, contempla 35 excepciones que permiten el derecho de circulación de personas para los casos o actividades allí consagradas en el territorio nacional durante el aislamiento preventivo obligatorio. De esa manera las empresas podrán hacer uso amplio de las plataformas de comercio electrónico para adquirir mercancías de ordinario consumo, las cuales podrán ser desarrolladas durante la media de aislamiento preventivo obligatorio. |
Circular Externa 011 de 22 de diciembre de 2020 - Reglamenta aplicación de PMU, SIC
Norma: |
Circular Externa 011 de 22 de diciembre de 2020 de Superintendencia de Industria y Comercio. |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Modificar el numeral 2.3.3 del Capítulo Segundo del Título 11 de la Circular Única de la SIC, precisando el ámbito de aplicación del sistema de indicación de precios por unidad de medida (PUM)." |
Síntesis de norma: |
La finalidad del PMU, es garantizar a los consumidores el ejercicio efectivo del derecho a la información, el derecho a la libre e informada elección, y asegurar la protección de los intereses económicos de los consumidores, facilitando la comparación de precios, no solo dentro del mismo almacén o comercio que realiza ventas mediante métodos a distancia, sino también en relación con los productos ofrecidos en otros almacenes o comercios que realizan ventas a través de métodos a distancia. |
Circular Externa 008 de 2018 - Requerimientos mínimos de seguridad y calidad en operaciones, Superintendencia Financiera
Norma: |
Circular Externa 008 de 2018, Superintendencia Financiera de Colombia |
Enlace de búsqueda |
https://www.superfinanciera.gov.co/descargas/institucional/pubFile1031742/ce008_18.doc |
Objeto de norma: |
"Imparte instrucciones en materia de requerimientos mínimos de seguridad y calidad para la realización de operaciones." |
Síntesis de norma: |
Con el fin de introducir los conceptos de ambiente de venta presente, ambiente de venta no presente y entidades administradoras de pasarelas de pago, y fijar los requerimientos mínimos que deben cumplir los establecimientos de crédito y los administradores de sistemas de pago de bajo valor que vinculen administradores de pasarelas de pago para la realización de operaciones en ambiente de venta no presente. |
Circular 039 de 2011, Busca evitar prácticas abusivas, Superintendencia Financiera
Norma: |
Circular 039 de 2011, Superintendencia Financiera de Colombia |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Modifica la Circular Básica Jurídica en lo relativo a cláusulas y prácticas abusivas incluyéndose la sede electrónica de servicios financieros. |
Síntesis de norma: |
La presente circular modifica y/o actualiza la circular básica jurídica, y así busca evitar las prácticas abusivas en los servicios financieros, especialmente en los movimientos realizados por medio de mecanismos electrónicos, evitando así cobros injustificados, no pactados y la posición dominante. |
Circular 052 de 2007 - Seguridad informática en canales electrónicos, Superintendencia Financiera
Norma: |
Circular 052 de 2007, Superintendencia Financiera de Colombia |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Seguridad de la información en canales, entre ellos el electrónico. |
Síntesis de norma: |
Se establece la necesidad de que los canales de intercambio de información entre entidades financieras y sus clientes cumplan con criterios básicos de seguridad y calidad en el manejo de la información. Se destaca la necesidad de satisfacer los atributos de confiabilidad e integridad. |
Circular 052 de 2007, Procedimientos de Registro Nacional de Base de Datos, SIC
Norma: |
Circular 052 de 2007, Superintendencia Financiera de Colombia |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Por la cual se modifican los numerales 2.2, 2.3, 2.6 y 2.7 del Capítulo Segundo del Título V de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio. |
Síntesis de norma: |
Procedimiento para el Registro Nacional de Bases de Datos y actualización de la información. |
Constitución Política
Constitución Política
A continuación, se relacionan los artículos de la Constitución Política afines con el comercio electrónico.
Norma |
Constitución Política de Colombia |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/index.php/constitucion-politica |
Artículo 15 |
Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley. Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley. |
Artículo 20 |
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura. |
Artículo 61 |
El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley. |
Artículo 78 |
La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización. Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. El Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen. Para gozar de este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar procedimientos democráticos internos. |
Artículo 189 |
Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa: (…) 25. Organizar el Crédito Público; reconocer la deuda nacional y arreglar su servicio; modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas; regular el comercio exterior; y ejercer la intervención en las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos provenientes del ahorro de terceros de acuerdo con la ley. |
Artículo 333 |
La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común. Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos, sin autorización de la ley. La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades. La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial. La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial. El Estado, por mandato de la ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitará o controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional. La ley delimitará el alcance de la libertad económica cuando así lo exijan el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de la Nación. |
Artículo 334 Inciso 1 |
La dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este intervendrá, por mandato de la ley, en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir en el plano nacional y territorial, en un marco de sostenibilidad fiscal, el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano. Dicho marco de sostenibilidad fiscal deberá fungir como instrumento para alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado Social de Derecho. En cualquier caso, el gasto público social será prioritario. |
Decretos vigentes
Decretos vigentes
Decreto 278 de 2021 - Creación de zonas francas
Norma: |
Decreto 278 de 2021 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Por el cual se modifica el Decreto 2147 de 2016, relativo al régimen de zonas francas. |
Síntesis de norma: |
El decreto tiene como finalidad flexibilizar los requisitos para la creación de las zonas francas como áreas de exportación de bienes y servicios y agilizar los procedimientos para su creación, así como el fortalecimiento de la logística de comercio exterior para la competitividad empresarial. |
Decreto 1234 de 2020 - Sandbox financiero
Norma: |
Decreto 1234 de 2020 |
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https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=142005 |
Objeto de norma: |
Por medio del cual se adiciona el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera. |
Síntesis de norma: |
El espacio controlado de prueba es el conjunto de normas, procedimientos, planes, condiciones, requisitos y requerimientos prudenciales que permite probar desarrollos tecnológicos innovadores en la prestación de actividades propias de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. La constitución y funcionamiento del espacio controlado de prueba se regirá por las disposiciones especiales contenidas en el presente Título. En lo no previsto expresamente en el mismo, se aplicarán las normas contenidas en el marco legal y reglamentario vigente. Para el desarrollo del espacio controlado de prueba, la Superintendencia Financiera de Colombia podrá aplicar el principio de proporcionalidad definido en el presente Título, en el ejercicio de sus facultades de supervisión, vigilancia y control. Las excepciones regulatorias otorgadas por la Superintendencia Financiera de Colombia en el espacio controlado de prueba no implican la modificación de la regulación vigente aplicable a las actividades financieras, bursátiles y aseguradoras. En todo caso, podrán ser tenidas en cuenta para revisiones que se hagan posteriormente del marco regulatorio. |
Decreto 1692 de 2020 - Reglamenta de sistemas de pago de bajo valor
Norma: |
Decreto 1692 de 2020 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=153787 |
Objeto de norma: |
"Por medio del cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los sistemas de pago de bajo valor." |
Síntesis de norma: |
El sistema de pago de bajo valor, el cual reúne las transacciones y pagos entre personas naturales o jurídicas, comercios, entidades estatales, patrimonios autónomos y otros agentes de la economía, es esencial para el adecuado funcionamiento del sector financiero y para aumentar la eficiencia y formalidad de la economía, contribuye además a la transformación digital del Estado y de la sociedad. |
Decreto 1064 de 2020 - Modifica estructura del MinTIC
Norma: |
Decreto 1064 de 2020 |
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https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=136670 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones." |
Síntesis de norma: |
El artículo 5 establece como funciones del despacho del Ministro: "Promover, formular, articular y ejecutar políticas públicas para el desarrollo del comercio electrónico de bienes y servicios y la digitalización de las micro, pequeñas y medianas empresas en los sectores productivos de la economía". El artículo 24 establece como funciones del despacho del Viceministro de Transformación Digital: "Formular, articular e impulsar políticas públicas y programas orientados al aprovechamiento de tecnologías de la información y las comunicaciones en el desarrollo y promoción del comercio electrónico de bienes y servicios". El artículo 29 establece, dentro de las funciones de la Dirección de Economía Digital, la de "Formular, coordinar y hacer seguimiento a la implementación de políticas públicas y programas orientados al aprovechamiento de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para el desarrollo y promoción del comercio electrónico de bienes y servicios". El artículo 32 establece dentro de las funciones de la Subdirección para la Transformación Sectorial (dependiente de la Dirección de Economía Digital) la de "Apoyar la formulación de políticas y la articulación de programas, planes y proyectos dirigidos a la mayor utilización y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones en los procesos productivos y en el desarrollo y promoción del comercio electrónico de bienes y servicios". |
Decreto 1165 de 2019 - Reglamenta normas aduaneras
Norma: |
Decreto 1165 de 2019 |
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http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30036618 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013." |
Síntesis de norma: |
Regular las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración aduanera y quienes intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías, hacia y desde el Territorio Aduanero Nacional, con sujeción a la Constitución y la ley. Asimismo, se aplica sin perjuicio de las disposiciones especiales y las resultantes de acuerdos o tratados internacionales a los que haya adherido o adhiera Colombia. Los acuerdos o tratados mencionados comprenden, entre otros, los acuerdos comerciales y los referidos a la protección de la propiedad intelectual. Este régimen aplica para los productos que ingresen al país, incluido los provenientes del comercio electrónico. |
Decreto 587 de 2016 - Reglamenta la adquisición de bienes o servicios adquiridos a través de comercio electrónico
Norma: |
Decreto 587 de 2016 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=69037 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se incorpora al Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 y se disponen medidas para la reversión del pago en la venta de productos a solicitud del consumidor." |
Síntesis de norma: |
Tiene como objeto reglamentar las condiciones y el procedimiento para la reversión de los pagos solicitada por los consumidores según lo previsto en el artículo 51 de la Ley 1480 de 2011, cuando la adquisición de los bienes o servicios se hubiere realizado a través de mecanismos de comercio electrónico y, para tal efecto, se hubiere utilizado tarjetas de crédito, débito o cualquier otro instrumento de pago electrónico. |
Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 - Condiciones de expedición de factura electrónica y control fiscal
Norma: |
Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=83233 |
Objeto de norma: |
Decreto único reglamentario en materia tributaria |
Síntesis de norma: |
Establece todos los tributos del orden nacional al que están obligados las personas y comerciantes en Colombia, incluyendo los agentes de la cadena de valor del comercio electrónico. |
Decreto 2242 de 2015 - Condiciones de expedición de factura electrónica y control fiscal
Norma: |
Decreto 2242 de 2015 compilado en el Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Por el cual se reglamentan las condiciones de expedición e interoperabilidad de la Factura electrónica con fines de masificación y control fiscal." |
Síntesis de norma: |
Define la factura electrónica como un documento que soporta transacciones de venta de bienes y/o servicios, que además operativamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas y que permite el cumplimiento de las condiciones establecidas en relación con la expedición (generación y entrega), recibo, rechazo y conservación de la factura. |
Decreto 1074 de 2015 - Decreto único del sector Comercio, Industria y Turismo
Norma: |
Decreto 1074 de 2015 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Por medio del cual se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo." |
Síntesis de norma: |
Se hace unificación de toda la normatividad existente a la fecha relacionada con el sector de comercio, industria y turismo; además se hace avances en la reglamentación de la normatividad en materia de comercio electrónico. |
Decreto 1078 de 2015 - Decreto único reglamentario del sector TIC
Norma: |
Decreto 1078 de 2015 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=77888 |
Objeto de norma: |
"Por medio del cual expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones." |
Síntesis de norma: |
Mediante este Decreto, se hace una compilación de toda la normatividad del sector de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información y la comunicación. |
Decreto 886 de 2014 - Se reglamenta el Registro Nacional de Bases de Datos
Norma: |
Decreto 886 de 2014 |
Enlace de búsqueda |
https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1184150 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, relativo al registro de bases de datos." |
Síntesis de norma: |
Tiene como objeto reglamentar la información mínima que debe contener el Registro Nacional de Bases de Datos, creado por la Ley 1581 de 2012, así como los términos y condiciones bajo las cuales se deben inscribir en este los responsables del tratamiento. |
Decreto 333 de 2014 - Establece entidades para expedir firma digital
Norma: |
Decreto 333 de 2014 |
Enlace de búsqueda |
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56767#0) |
Objeto de norma: |
"Por el cual se reglamenta el artículo 160 del Decreto-Ley 19 de 2012." |
Síntesis de norma: |
El presente decreto tiene por objeto definir el régimen de acreditación de las entidades de certificación, en desarrollo de lo previsto en el artículo 160 del Decreto-Ley 19 de 2012 |
Decreto 2926 de 2013 - Reglas del servicio postventa
Norma: |
Decreto 2926 de 2013 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
"Por el cual se reglamenta el artículo 19 de la Ley 1607 de 2012 y el artículo 579-2 del Estatuto Tributario." |
Síntesis de norma: |
Se dictan disposiciones relativas a la firma electrónica para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en el cual se pactan reglas del servicio postventa. |
Decreto 1510 de 2013 - Reglamenta sistema de Colombia Compra Eficiente
Norma: |
Decreto 1510 de 2013 |
Enlace de búsqueda |
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53776#163 |
Objeto de norma: |
Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública. |
Síntesis de norma: |
Las entidades estatales deben procurar el logro de los objetivos del sistema de compras y contratación pública definidos por Colombia Compra Eficiente, incluyendo mecanismos de subasta electrónica para compras en tiempo real. |
Decreto 1377 de 2013 - Se reglamento el tratamiento de datos en el ámbito personal o domestico
Norma: |
Decreto 1377 de 2013 |
Enlace de búsqueda |
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53646 |
Objeto de norma: |
Se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012. |
Síntesis de norma: |
Autorización del titular, políticas de tratamiento de los responsables y encargados, ejercicio de los derechos de los titulares, transferencias de datos personales, responsabilidad demostrada. |
Decreto Ley 019 de 2012 - Requerimientos para entidades de certificación de firma digital
Norma: |
Decreto Ley 019 de 2012 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=45322 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública." |
Síntesis de norma: |
Los artículos 160 a 163 de este decreto ley reforman los artículos 29,30, 32 y 34 de la Ley 527 de 1999, en lo referente a las características y requerimientos de las entidades de certificación para la firma digital, las actividades y deberes de las entidades de certificación y los requisitos para el cese de actividades. |
Decreto 2499 de 2012 - Se declara retención en la fuente para actividades de la industria de software
Norma: |
Decreto 2499 de 2012 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=50871 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se modifica el parágrafo del artículo 1º del Decreto 260 de 2001, adicionado por el Decreto 2521 de 2011." |
Síntesis de norma: |
Los pagos o abonos en cuenta que se realicen a contribuyentes con residencia o domicilio en Colombia obligados a presentar declaración del Impuesto sobre la renta y complementarios en el país, por actividades de análisis, diseño, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática, sean o no personalizados, así como el diseño de páginas web y consultoría en programas de informática, están sometidos a retención en la fuente a la tarifa del tres punto cinco por ciento (3.5%) del respectivo pago o abono en cuenta. En las mismas condiciones, se aplicará dicha tarifa en los servicios de licenciamiento y derecho de uso del software. |
Decreto 2364 de 2012 - Reglamentación de firma electrónica
Norma: |
Decreto 2364 de 2012 |
Enlace de búsqueda |
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50583 |
Objeto de norma: |
Firma electrónica |
Síntesis de norma: |
Se reglamenta el artículo 7° de la Ley 527 de 1999, sobre firma electrónica y se dictan otras disposiciones. |
Decreto 1929 de 2007 - Reglamenta Estatuto Tributario y factura electrónica
Norma: |
Decreto 1929 de 2007 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=25311 |
Objeto de norma: |
Reglamenta el Estatuto Tributario - factura electrónica. |
Síntesis de norma: |
Define el concepto de factura electrónica y regula diversos aspectos vinculados con la expedición y la validez de las facturas de venta electrónicas, autorizando a las personas obligadas a facturar a utilizar medios electrónicos para su expedición. |
Decreto 4149 de 2004 - Se racionalizan tramites y procedimientos de comercio exterior
Norma: |
Decreto 4149 de 2004 |
Enlace de búsqueda |
. http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1542580 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se racionalizan algunos trámites y procedimientos de comercio exterior, se crea la ventanilla única de comercio exterior y se distan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Es administrada por el MinCIT (Ministerio de Comercio, Industria y Turismo), y es soportada en medios electrónicos por medio de los cuales las entidades administrativas relacionadas con las operaciones de comercio exterior comparten información, a efectos de tramitar autorizaciones y permisos relacionados con la importación y la exportación de bienes. |
Decreto 1747 de 2000 - Reglamenta la firma digital
Norma: |
Decreto 1747 de 2000 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=4277 |
Objeto de norma: |
"Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999, en lo relacionado con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales." |
Síntesis de norma: |
Reglamenta a las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales. |
Decreto 1441 de 1982 - ligas y asociaciones de consumidores
Norma: |
Decreto 1441 de 1982 |
Enlace de búsqueda |
Decreto 1441 de 1982 - EVA - Función Pública (funcionpublica.gov.co) https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=34174 Decreto 3466 de 1982 - EVA - Función Pública (funcionpublica.gov.co) https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=2764 |
Objeto de norma: |
Regula la organización, reconocimiento y régimen de control y vigilancia de las asociaciones y ligas de consumidores del país. |
Síntesis de norma: |
Por el cual se regula la organización, el reconocimiento y el régimen de control y vigilancia de las ligas y asociaciones de consumidores y se dictan otras disposiciones. |
Directivas
Directivas
Directiva Presidencial 011 de 2020 - Medidas para atender el grave impacto económico sobre las mujeres a causa de la pandemia de Covid - 19, DAPRE
Norma: |
Directiva Presidencial 011 de 2020, expedida por el Departamento Administrativo de la Presidencia. |
Enlace de búsqueda |
|
Objeto de norma: |
Medidas para atender el grave impacto económico de la pandemia de Covid - 19, sobre las mujeres |
Síntesis de norma: |
En la circular, el despacho del Señor Presidente propone una serie de compromisos encaminados a mitigar el impacto económico sobre las mujeres generado por la pandemia de Covid - 19 y a su vez el aislamiento preventivo obligatorio. Se establecen los siguientes compromisos: -. Compromiso con la generación de empleos. -. Compromiso con crecimiento limpio y sostenible. -. Compromiso con los más pobres y vulnerables de la sociedad. -. Compromiso con el campo y la paz con legalidad. La directiva establece como eje central de cada compromiso involucrar en su desarrollo a la mujer. |
Documentos CONPES
Documentos CONPES
Sobre Documentos CONPES
Según el Decreto 1869 de 2017, el CONPES "es un organismo colegiado, sin personería jurídica, que asesora al Gobierno nacional en todos aquellos aspectos que se relacionan con el desarrollo económico y social del país" (art. 2.2.12.1.1.).
Dentro de sus funciones, entre otras, están "1. Servir de organismo coordinador y señalar las orientaciones generales que deben seguir los distintos organismos especializados de la dirección económica y social del Gobierno nacional. 2. Aprobar los documentos de política económica y social, y aquellos que sirvan de base para la elaboración de los planes y programas nacionales de desarrollo" (art. 2.2.12.1.3.).
Si bien es cierto los documentos CONPES carecen de vinculación jurídica, por ser expedidos por un organismo colegiado sin personería jurídica (no constituyen actos administrativos), si contienen las directrices generales del Gobierno para el manejo económico y social de los temas de relevancia para el país, estando las entidades del gobierno nacional comprometidas a ejecutar las acciones que contengan los diferentes documentos CONPES.
CONPES 4085 del 16 de mayo de 2022 - Política de Internacionalización Para el Desarrollo Productivo Regional
Número |
CONPES 4085 del 16 de mayo de 2022 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4085.pdf |
Nombre: |
Política de Internacionalización Para el Desarrollo Productivo Regional |
Objetivos |
Objetivo general: Avanzar hacia el cierre de la brecha tecnológica de Colombia, estableciendo un trabajo articulado entre los departamentos y la nación, que busque profundizar la conexión del país con el mundo y, en particular, la internacionalización de las actividades productivas de las regiones, con el fin de incrementar la productividad, las exportaciones y la inversión, y lograr así mayores niveles de prosperidad y bienestar para los colombianos. Objetivos específicos: • Facilitar la interacción del aparato productivo con extranjeros y colombianos residentes en el exterior para la adopción, adaptación y creación de nuevas tecnologías. • Promover el cierre de la brecha tecnológica de las empresas colombianas y el aumento de su productividad a través de esfuerzos de extensionismo tecnológico para su inserción en CGV y la atracción de IED estratégica a nivel nacional y departamental. • Mejorar las condiciones que permitan un mejor desempeño del comercio exterior de bienes y servicios, como medio para el cierre de la brecha tecnológica del país. • Fortalecer el papel del ecosistema de innovación en la adopción y adaptación de la tecnología para incrementar la productividad y el desarrollo de nuevos mercados y productos. • Fortalecer los marcos institucionales para la internacionalización mediante la consolidación del diálogo región/departamento con el Gobierno nacional, y entre las diferentes entidades del orden nacional. |
Líneas de acción: |
• Promover el flujo de extranjeros hacia Colombia para la adopción y adaptación de nuevas tecnologías • Fomentar la interacción estratégica con la diáspora (productiva o empresarial) colombiana. • Escalar y sofisticar los esfuerzos en materia de extensionismo tecnológico para la internacionalización • Promover mayor cumplimiento de estándares de calidad en las empresas colombianas • Mejorar la regulación que impone barreras de entrada y limita la libre competencia, lo cual implicará una mejora en el ambiente competitivo. • Mejorar el comportamiento de la participación hacia atrás de Colombia en las cadenas globales y regionales de valor • Revisar metodologías de evaluación y seguimiento de medidas arancelarias y no arancelarias • Promover la optimización de procesos de comercio exterior de bienes • Promover la adopción y adaptación de tecnologías digitales para la expansión de nuevos mercados y servicios de forma remota • Incrementar los incentivos para que el sector productivo invierta en innovación • Escalar la implementación de la Estrategia de Regionalización de la Misión de Internacionalización (ERMI) a los 32 departamentos del país • Mejorar la articulación entre los diferentes arreglos institucionales e instituciones para la internacionalización. |
CONPES 4080 del 18 de abril de 2022 - Política pública de equidad de genero para las mujeres: Hacia el desarrollo sostenible del país.
Número |
CONPES 4080 del 18 de abril de 2022 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4080.pdf |
Nombre: |
Política pública de equidad de genero para las mujeres: Hacia el desarrollo sostenible del país. |
Objetivos |
Objetivo general: Generar las condiciones que le permitan al país avanzar hacia la equidad de género y a la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales, de participación y de salud de las mujeres, así como la posibilidad de vivir una vida libre de violencias de género, contemplando un horizonte hasta el 2030. Objetivos específicos: • Aumentar las oportunidades de autonomía económica para las mujeres desde diversos ámbitos, eliminando las barreras aún existentes y dando continuidad a las políticas adelantadas con este propósito. • Desarrollar estrategias para fortalecer el liderazgo de las mujeres, con el fin de avanzar hacia la paridad en su participación en los cargos de elección popular, cargos directivos del sector público a nivel nacional y territorial y su rol en el escenario comunal. • Generar intervenciones públicas que mejoren la salud física y mental de las mujeres, con el fin de brindarles una mejor calidad de vida. • Fortalecer la política para prevenir y atender de manera integral las violencias contra las mujeres, para asegurar que tengan una vida libre de violencias • Adelantar estrategias para la implementación de la Resolución 1325 con el fin de afianzar el liderazgo de las mujeres en la construcción de paz y la agenda de seguridad en el marco de la Resolución 1325. • Fortalecer la institucionalidad para transversalizar el enfoque de género en los asuntos estratégicos de lo público para avanzar en el logro de la equidad para las mujeres desde el accionar del Estado. |
Líneas de acción: |
• Fomentar procesos de formación de capital humano de las mujeres para la inserción efectiva en el mercado laboral en condiciones de igualdad y trabajo decente • Cierre de la brecha digital de género • Adelantar estrategias que permitan eliminar las prácticas y condiciones discriminatorias contra las mujeres en el ámbito laboral y empresarial e impulsar su participación y empleabilidad en sectores de alto potencial económico • Fomentar la participación activa y sostenible de las mujeres en el tejido empresarial del país • Fomentar acciones que permitan reducir la vulnerabilidad económica, mitigar la pobreza y garantizar el acceso a infraestructura y servicios que respondan a sus necesidades • Mejorar las condiciones de vida y las oportunidades económicas de las mujeres rurales como agentes de transformación y desarrollo social y productivo • Reducir los estereotipos e imaginarios en torno a la participación de la mujer en escenarios políticos, comunales y altos cargos del Estado • Estrategias para eliminar la violencia contra las mujeres en el escenario político • Estrategias para lograr una efectiva participación de las mujeres en los escenarios públicos y en altos cargos del estado • Incentivos para que las mujeres incrementen su participación en las organizaciones comunales y escalen a nivel directivo • Promoción de participación de las mujeres rurales • Fomentar hábitos de vida saludable y reducir las afectaciones por las enfermedades cardio cerebrovasculares en las mujeres • Bienestar mental en las mujeres • Reducir la mortalidad materna con prioridad en las zonas rurales • Transformación cultural de estereotipos de género para prevenir la violencia contra las mujeres • Avanzar en el fortalecimiento de la institucionalidad nacional y regional con competencia en la prevención y atención integral de las violencias contra las mujeres. • Robustecer los sistemas de información de violencia contra las mujeres y hacerlos interoperables entre sí • Fortalecer la respuesta sectorial frente a situaciones de violencia contra las mujeres en diferentes contextos • Diseñar e implementar estrategias intersectoriales de prevención y atención integral de violencia contra mujeres con enfoque interseccional, con énfasis en la mujer rural. • Implementar políticas integrales de inclusión económica para mujeres que habitan en zonas cooptadas por economías ilícitas fortaleciendo la implementación del capítulo de mujer y género del Plan Marco de Implementación • Proporcionar entornos seguros e inclusivos para el ejercicio de las lideresas y defensoras de derechos humanos en sus comunidades • Transformación cultural desde las estrategias de comunicación • Institucionalidad para el desarrollo rural con enfoque de género |
CONPES 4069 del 20 de diciembre de 2021 - Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) 2022 - 2031
Número |
CONPES 4069 del 20 de diciembre de 2021 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4085.pdf |
Nombre: |
Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) 2022 - 2031 |
Objetivos |
Objetivo general: Incrementar la contribución de la CTI al desarrollo social, económico, ambiental, y sostenible, del país con un enfoque diferencial, territorial, y participativo, para contribuir a lograr los cambios culturales que promuevan una sociedad del conocimiento Objetivos específicos: • Incrementar las vocaciones científicas en la población infantil y juvenil; la formación en CTI, y la vinculación del capital humano relacionado en el mercado laboral, para cerrar las brechas de talento humano; fortalecer el capital humano en CTI del país, y aumentar la inserción y la demanda de doctores en el sector productivo • Mejorar la capacidad de generación de conocimiento científico y tecnológico; la infraestructura científica y tecnológica, y las capacidades de las IGC y de las entidades de soporte, para aumentar la calidad e impacto en la sociedad colombiana del conocimiento • Mejorar las capacidades y condiciones para innovar y emprender; la transferencia de conocimiento y tecnología hacia el sector productivo y la sociedad en general, así como las condiciones para favorecer la adopción de tecnologías e incrementar los niveles de innovación y productividad del país. • Fortalecer los procesos de inclusión, impacto, y cultura de CTI y la comunicación pública del quehacer científico y de la CTI, para lograr un cambio cultural en la sociedad colombiana a través de la valoración y apropiación social del conocimiento. • Aumentar la inclusión social en el desarrollo de la CTI, las capacidades regionales en CTI, y la cooperación a nivel regional e internacional, para consolidar el SNCTI y los sistemas regionales de innovación. • Mejorar la articulación institucional, el marco regulatorio, y la capacidad de inteligencia e información estratégica en CTI, para mejorar la dinamización; gobernanza, y relacionamiento de actores, del SNCTI. • Incrementar la financiación de la CTI, mejorar su eficiencia y eficacia, y su monitoreo y evaluación, para incrementar el alcance y la optimización de las inversiones en CTI. |
Líneas de acción: |
• Incrementar las vocaciones científicas en la población infantil y juvenil del país • Aumentar el capital humano y la formación de alto nivel en CTI • Incrementar la inserción de capital humano en CTI y con formación de alto nivel en el mercado laboral • Incrementar la capacidad de generación de conocimiento científico y tecnológico • Mejorar la infraestructura científica y tecnológica • Incrementar las capacidades de las IGC y de las entidades de soporte • Mejorar las capacidades y condiciones para innovar y emprender • Aumentar la transferencia de conocimiento y tecnología hacia el sector productivo • Mejorar las condiciones para favorecer la adopción de tecnologías • Consolidar procesos de inclusión, impacto y cultura de CTI • Mejorar la comunicación pública del quehacer científico y de la CTI • Reducir las brechas de inclusión social en el desarrollo de la CTI • Fortalecer las capacidades regionales en CTI y la cooperación a nivel regional • Aumentar la cooperación internacional • Mejorar la articulación institucional y el marco regulatorio para la CTI • Aumentar la capacidad de inteligencia e información estratégica en CTI • Incrementar y estabilizar la financiación de la CTI y alrededor de misiones • Mejorar la eficiencia y eficacia de los instrumentos de financiación • Fortalecer el monitoreo y evaluación de la CTI |
CONPES 4012 del 30 de noviembre de 2020 - Política Nacional de Comercio Electrónico
Número |
CONPES 4012 del 30 de noviembre de 2020 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4012.pdf |
Nombre: |
Política Nacional de Comercio Electrónico |
Objetivos |
Objetivo general: Impulsar el comercio electrónico en Colombia en las empresas y la ciudadanía para aumentar la generación de valor social y económico en el país. Objetivos específicos: • Generar capacidades para impulsar el uso y apropiación del comercio electrónico en las empresas. • Generar capacidades para impulsar el uso y apropiación del comercio electrónico en la ciudadanía. • Fomentar la innovación y las buenas prácticas en la prestación de los servicios postales y logísticos para dar respuesta a las dinámicas el comercio electrónico. • Definir acuerdos institucionales y actualizar el marco normativo para impulsar el comercio electrónico. |
Líneas de acción: |
• Desarrollar estrategia de comercio electrónico para la inclusión productiva. • Facilitar y promover la adopción tecnológica y herramientas digitales de comercio electrónico en las empresas. • Evaluar los costos asociados para transacciones digitales en el comercio electrónico. • Crear y fortalecer las habilidades técnicas y de talento especializado en la cadena de valor del comercio electrónico para las empresas. • Generar confianza y cultura ciudadana en el comercio electrónico. • Desarrollo de Manual de buenas prácticas para operadores postales y logísticos en el comercio electrónico. • Desarrollo de un marco de gobernanza e institucionalidad para el comercio electrónico. • Actualización normativa para responder a los nuevos desafíos, actores y tecnologías relacionadas con el comercio electrónico. • Habilitar mecanismos regulatorios complementarios para la innovación en el comercio electrónico. • Diagnóstico al programa Exportafácil Colombia. • Diseño e implementación de un sistema de información de comercio electrónico. |
CONPES 4005 del 28 de septiembre de 2020 - Política Nacional de Inclusión y Educación Económica y Financiera
Número |
CONPES 4005 del 28 de septiembre de 2020 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4005.pdf |
Nombre: |
Política Nacional de Inclusión y Educación Económica y Financiera |
Objetivos |
• Ampliar la oferta de productos y servicios financieros a la medida y mejorar su pertinencia para aumentar la inclusión financiera de personas y empresas. • Generar mayores competencias, conocimiento y confianza en el sistema financiero y sectores asociados para desincentivar el uso del efectivo y promover el uso de los servicios financieros formales. • Fortalecer la infraestructura financiera y digital para incrementar el acceso, uso y eficiencia de los servicios financieros formales. • Proponer una gobernanza institucional para mejorar la articulación en la implementación de las estrategias de educación e inclusión financiera. |
Líneas de acción: |
• Promoción del acceso de personas y empresas a más y mejores productos y servicios financieros • Pertinencia de los productos y servicios financieros dirigidos a la población vulnerable • Calidad y pertinencia del programa de educación económica y financiera formal • Calidad y pertinencia de los programas de educación económica y financiera no formal • Mayor claridad y confianza sobre los productos y servicios financieros • Disponibilidad del servicio de autenticación digital para servicios con el Estado, mayor interoperabilidad y competencia en el mercado de información de los consumidores financieros y del sistema de pagos de bajo valor • Articulación institucional para una mejor gobernanza • Medición de la inclusión financiera |
CONPES 3995 del 01 de julio de 2020 - Política Nacional de Confianza y Seguridad Digital
Número |
CONPES 3995 del 01 de julio de 2020 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/3995.pdf |
Nombre: |
Política Nacional de Confianza y Seguridad Digital |
Objetivo |
• Fortalecer las capacidades en seguridad digital de los ciudadanos, del sector público y del sector privado para aumentar la confianza digital en el país. • Actualizar el marco de gobernanza en materia de seguridad digital para aumentar su grado de desarrollo y mejorar el avance en seguridad digital del país. • Analizar la adopción de modelos, estándares y marcos de trabajo en materia de seguridad digital, con énfasis en nuevas tecnologías para preparar al país a los desafíos de la 4RI. |
Líneas de acción |
El documento no especifica las líneas de acción en su plan de acción. |
CONPES 3982 del 13 de enero de 2020 - Política Nacional Logística
Número |
CONPES 3982 del 13 de enero de 2020 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/3982.pdf |
Nombre: |
Política Nacional Logística |
Objetivo |
• Promover la intermodalidad a través del desarrollo de modos de transporte competitivos y de conexiones eficientes de intercambio modal con el fin de reducir los costos logísticos de transporte nacional. • Promover la facilitación del comercio a través de la optimización de la operación e infraestructura de los nodos de intercambio comercial y los trámites de importación y exportación con el fin de reducir los tiempos logísticos en las operaciones de comercio exterior. • Diseñar mecanismos de articulación institucional, acceso a la información, promoción del uso de TIC y fortalecimiento del capital humano en los procesos logísticos con el fin de optimizar su desempeño. |
Líneas de Acción: |
• Generación de condiciones para el desarrollo de un sistema de transporte intermodal eficiente • Modernización en la prestación de los servicios de transporte de carga • Optimización de la oferta de infraestructura de los terminales de comercio exterior • Optimizar los trámites de importación y exportación • Fortalecimiento institucional en los sectores de transporte y comercio • Promover el acceso a la información y el uso de TIC en logística • Promoción de capital humano cualificado orientado a la logística |
CONPES 3975 de 8 de noviembre de 2019 - Política Nacional para la transformación digital e inteligencia artificial
Número |
CONPES 3975 de 8 de noviembre de 2019 |
Enlace de búsqueda |
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/3975.pdf |
Nombre: |
Política nacional para la transformación digital e inteligencia artificial |
Objetivo: |
• Disminuir las barreras que impiden la incorporación de tecnologías digitales en el sector privado y en el sector público para facilitar la transformación digital del país. • Crear condiciones habilitantes para la innovación digital en los sectores público y privado con el propósito que sea un mecanismo para el desarrollo de la transformación digital. • Fortalecer las competencias del capital humano para afrontar la 4RI con el fin de asegurar el recurso humano requerido. • Desarrollar condiciones habilitantes para preparar a Colombia para los cambios económicos y sociales que conlleva la IA. |
Líneas de Acción: |
• Disminuir barreras relacionadas con la falta de cultura y el desconocimiento para abordar la adopción y explotación de la transformación digital en el sector privado. • Desarrollar ajustes normativos e institucionales para favorecer la adopción de la transformación digital en componentes clave de la productividad empresarial • Mejorar el desempeño de la política de gobierno digital, para abordar la adopción y explotación de la transformación digital en el sector público • Alianzas internacionales para la innovación • Diseñar y ejecutar iniciativas de fomento al emprendimiento y la transformación digital • Promover la innovación basada en TIC en el sector público • Ejecutar iniciativas de alto impacto apoyadas en la transformación digital • Generar condiciones habilitantes que favorezcan el desarrollo de competencias digitales durante la trayectoria educativa, correspondientes con los retos de las transformaciones tecnológicas • Desarrollar capacidades y competencias para potenciar la interacción de la comunidad educativa con las tecnologías emergentes para aprovechar las oportunidades y retos de la 4RI o industria 4.0 • Configuración de ecosistemas de innovación orientados a generar apropiación de la cultura innovadora para incentivar el desarrollo social y económico • Alianzas internacionales para la formación de talento • Preparación de la educación, con prioridad en IA, que contribuya al desarrollo de competencias para la 4RI • Generar las condiciones habilitantes para impulsar el desarrollo de la IA en Colombia • Impulsar el desarrollo de tecnologías digitales para la 4RI en Colombia |
Leyes
Leyes
Ley 2108 de 2021 - Internet como un servicio público esencial
Norma: |
Ley 2108 de 2021 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=167946 |
Objeto de norma: |
Ley de Internet como servicio público esencial y universal |
Síntesis de norma: |
El artículo 1° de la ley señala que el objeto de la misma es establecer dentro de los servicios públicos de telecomunicaciones, el acceso a Internet como uno de carácter esencial, con el fin de propender por la universalidad para garantizar y asegurar la prestación del servicio de manera eficiente, continua y permanente, permitiendo la conectividad de todos los habitantes del territorio nacional, en especial de la población que, en razón a su condición social o étnica se encuentre en situación de vulnerabilidad o en zonas rurales y apartadas. Se adiciona un nuevo parágrafo al artículo 10 de la Ley 1341 de 2009, señalando que "El acceso a Internet es un servicio público esencial. Por tanto, los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones no podrán suspender las labores de instalación, mantenimiento y adecuación de las redes requeridas para la operación de este servicio público esencial, y garantizarán la continua provisión del servicio. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de los deberes y obligaciones a cargo de los suscriptores y usuarios del servicio, conforme a la regulación de la Comisión de Regulación de Comunicaciones". |
Ley 2069 de 2020 - Promueve impulsar el emprendimiento en el país
Norma: |
Ley 2069 de 2020 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Por medio la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia. |
Síntesis de norma: |
La presente Ley tiene por objeto establecer un marco regulatorio que propicie el emprendimiento y el crecimiento, consolidación y sostenibilidad de las empresas, con el fin de aumentar el bienestar social y generar equidad. Dicho marco delineará un enfoque regionalizado de acuerdo a las realidades socioeconómicos de cada región, señalando la creación de Sandbox regulatorios para todas las industrias soportadas en innovación y tecnología, así: El gobierno nacional en un plazo no mayor de un (1) año posterior a la promulgación de esta ley, deberá establecer una regulación complementaria que permita, en cada uno de los Ministerios y Sectores Administrativos, crear un ambiente especial de vigilancia y control, que facilite el desarrollo de modelos de negocio que apalanquen e impulsen la economía de alto valor agregado y sostenible en distintos ámbitos, a partir de la promoción de actividades intensivas en tecnología, innovación, uso sostenible del capital natural y/o tendientes a la mitigación de la acción climática. Estos ambientes de prueba evaluarán el funcionamiento y los efectos de nuevas tecnologías o innovaciones en la regulación vigente, para determinar la viabilidad de su implementación y/o la necesidad de establecer una flexibilización del marco regulatorio existente o la simplificación de los trámites. |
Ley 2068 de 2020 - Modifica Ley general de turismo
Norma: |
Ley 2068 de 2020 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_2068_2020.html |
Objeto de norma: |
Por la cual se modifica la ley general de turismo |
Síntesis de norma: |
Esta ley prohibió implícitamente los servicios relacionados con alquiler de habitaciones, casas u apartamentos, mediante Internet, a personas que no cuenten con el permiso como "Prestador de servicio turístico", previa inscripción en el Registro Nacional de Turismo, a cargo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Según esta ley, solo el "Prestador de servicio turístico" está habilitado para operar plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos, señalando que no tienen tal calidad de plataformas aquellas que prestan servicios de publicidad o se limitan a facilita el proceso de transmisión y difusión de contenidos, sin adoptar un modelo de negocios de intermediación para la prestación de un servicio turístico. |
Ley 1978 de 2019 - Ley de modernización del sector TIC
Norma: |
Ley 1978 de 2019 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=98210 |
Objeto de norma: |
Por la cual se moderniza el Sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC, se distribuyen competencias, se crea un Regulador Único y se dictan otras disposiciones (esta ley modifica la Ley 1341 de 2011) |
Síntesis de norma: |
Establece la habilitación general para los servicios de televisión, elimina la Autoridad Nacional de Televisión y faculta al MinTIC, a través del Fondo Único de TIC para promover acciones tendientes a la transformación digital del Estado y de la sociedad, fortaleciendo el acceso a las redes de telecomunicaciones. |
Ley 1955 de 2019 - Plan Nacional de Desarrollo 2018 - 2022
Norma: |
Ley 1955 de 2019 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1955_2019.html |
Objeto de norma: |
Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 |
Síntesis de norma: |
Promueve la inclusión del comercio electrónico como motor para la transformación digital de la sociedad y del Estado, ordenando una serie de acciones para la promoción del comercio electrónico. |
Ley 1735 de 2014 - Medida para promover el acceso a servicios financieros transaccionales
Norma: |
Ley 1735 de 2014 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=59835 |
Objeto de norma: |
"Por la cual se dictan medidas tendientes a promover el acceso a los servicios financieros transaccionales." |
Síntesis de norma: |
Con la entrada en vigencia de esta norma, se crean Sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos - SEDPE, fortaleciendo las actividades relacionadas con comercio electrónico en lo referente a instituciones para medios de pago electrónico. |
Ley 1607 de 2012 -Reglamenta masificación de factura electrónica
Norma: |
Ley 1607 de 2012 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1607_2012.html |
Objeto de norma: |
"Por medio del cual se reglamentan las condiciones para la masificación de la factura electrónica." |
Síntesis de norma: |
Faculta al Ejecutivo para que este reglamente la aplicación de tecnologías para el control fiscal con el fin de combatir el fraude, la evasión y el contrabando, dentro de las que se encuentra la tarjeta fiscal, para lo cual podrá determinar sus controles, condiciones y características. Su no adopción dará lugar a la aplicación de la sanción. |
Ley 1581 de 2012 - Ley de protección de datos personales
Norma: |
Ley 1581 de 2012 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1581_2012.html |
Objeto de norma: |
"Ley General de Protección de Datos Personales." |
Síntesis de norma: |
La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma. |
Ley 1564 de 2012 - Código General del Proceso
Norma: |
Ley 1564 de 2012 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1564_2012.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Se establece el uso de tecnologías de la información y de las comunicaciones en la gestión y trámite de los procesos judiciales, con el fin de facilitar y agilizar el acceso a la justicia, así como ampliar su cobertura. Las actuaciones judiciales se podrán realizar a través de mensajes de datos. La autoridad judicial deberá contar con mecanismos que permitan generar, archivar y comunicar mensajes de datos, por lo cual se tendrá en cuenta la aplicación de la Ley 527 de 1999. Los funcionarios y empleados judiciales podrán usar la firma electrónica. La Ley 1564 de 2012, también denominada Código General del Proceso, en su contenido normativo desde el derecho procesal regula y dispone mecanismos de coerción y de cobro en el desarrollo de actividades mercantiles por medio de plataformas digitales, electrónicas o informáticas. La norma establece que cualquier actuación procesal, en materia civil o comercial, se puede desarrollar a través de medios electrónicos, de manera que cualquier agente del comercio puede interponer demandas de forma electrónica a otro agente del comercio. |
Ley 1563 de 2011 - Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional
Norma: |
Ley 1563 de 2011 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1563_2012.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
En esta ley se establece que en el proceso arbitral podrán utilizarse medios electrónicos en todas las actuaciones y, en particular, para llevar a cabo todas las comunicaciones, tanto del tribunal con las partes como con terceros, para la notificación de las providencias, la presentación de memoriales y la realización de audiencias, así como para la guarda de la versión de las mismas y su posterior consulta. Cualquier disputa entre los agentes públicos o particulares del comercio o entre estos y los consumidores o clientes se puede desarrollar a través del arbitraje virtual o electrónico. |
Ley 1480 de 2011 - Estatuto del Consumidor
Norma: |
Ley 1480 de 2011 - Estatuto del Consumidor |
Enlace de búsqueda |
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44306 http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1480_2011.html |
Objeto de norma: |
"Las normas de esta ley regulan los derechos y las obligaciones surgidas entre los productores, proveedores y consumidores y la responsabilidad de los productores y proveedores tanto sustancial como procesalmente." |
Síntesis de norma: |
Reglamentar los derechos, deberes generados entre productores, proveedores y consumidores de bienes y servicios. Se incentiva el comercio electrónico al formular normatividad que aporta garantías al pacto comercial. La ley incluye un capítulo especial de los derechos de los consumidores del comercio electrónico. |
Ley 1437 de 2011 - Se expide el CPACA Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Norma: |
Ley 1437 de 2011 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=41249 |
Objeto de norma: |
"Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo." |
Síntesis de norma: |
Se determina lo relativo a la utilización de medios electrónicos en el procedimiento administrativo. Se dispone lo pertinente al registro para el uso de medios electrónicos, documento público en medio electrónico, notificación electrónica, acto administrativo electrónico, archivo electrónico de documentos, expediente electrónico, sede electrónica, recepción de documentos electrónicos por parte de las autoridades, prueba de recepción y envío de mensajes de datos por la autoridad. Las actuaciones administrativas ante organismos del Estado se pueden realizar a través de medios digitales o electrónicos. |
Ley 1369 de 2009 - Establece régimen de servicios postales
Norma: |
Ley 1369 de 2009, Articulo 3 |
Enlace de búsqueda |
https://colombiatic.mintic.gov.co/679/articles-621_doc_norma.pdf |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Señala el régimen general de prestación de los servicios postales y lo pertinente, a las entidades encargadas de la regulación de estos servicios, que son un servicio público en los términos del artículo 365 de la Constitución Política. Su prestación estará sometida a la regulación, vigilancia y control del Estado, con sujeción a los principios de calidad, eficiencia y universalidad, entendida esta última, como el acceso progresivo a la población en todo el territorio nacional. El artículo 3 de la Ley 1369 de 2009, al ocuparse de las definiciones, incluye en el numeral 2o la noción de "servicios postales" en los siguientes términos; "Servicios Postales. Los Servicios Postales consisten en el desarrollo de las actividades de recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales a través de redes postales, dentro del país o para envío hacia otros países o recepción desde el exterior. Son servicios postales, entre otros, los servicios de correo, los servicios postales de pago y los servicios de mensajería expresa." Los operadores postales son agentes activos del eslabón de logística en el comercio electrónico. |
Ley 1341 de 2009 - Ley de TIC
Norma: |
Ley 1341 de 2009 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1341_2009.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC-, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Se determina el marco general para la formulación de las políticas públicas que regirán el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, su ordenamiento general, el régimen de competencia, la protección al usuario, así como lo concerniente a la cobertura, la calidad del servicio, la promoción de la inversión en el sector y el desarrollo de estas tecnologías, el uso eficiente de las redes y del espectro radioeléctrico, así como las potestades del Estado en relación con la planeación, la gestión, la administración adecuada y eficiente de los recursos, regulación, control y vigilancia del mismo y facilitando el libre acceso y sin discriminación de los habitantes del territorio nacional a la Sociedad de la Información. Se asignan las funciones al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Comisión de Regulación de Comunicaciones y la Agencia Nacional del Espectro, entre otras. |
Ley 1273 de 2009 - Modificación del Código Penal en protección de la información y datos
Norma: |
Ley 1273 de 2009 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1273_2009.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado "de la protección de la información y de los datos"- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Por medio de esta ley, se crean una serie de delitos que su violación afecta de manera directa la aplicación correcta de las tecnologías de la información y las comunicaciones y a su vez, se considera un blindaje en el desarrollo del comercio electrónico pues se sanciona cualquier actuación que tenga como objeto o efecto violentar un medio digital o bases de datos. |
Ley 1266 de 2008 - Disposiciones que implementan el habeas data
Norma: |
Ley 1266 de 2008 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1266_2008.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Esta ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política, así como el derecho a la información establecido en el artículo 20 de la Constitución Política, particularmente en relación con la información financiera y crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países. |
Ley 1231 de 2008 - Normas para implementar factura electrónica
Norma: |
Ley 1231 de 2008 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1231_2008.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se unifica la factura como título valor como mecanismo de financiación para el micro, pequeño y mediano empresario, y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Esta ley tiene por objeto implementar la factura como título valor de acuerdo a lo descrito en el Código de Comercio, así mismo esta norma busca implementar la factura electrónica, la cual entra a ser reconocida como un título valor, fortaleciendo de esa manera las diferentes formas de comercio electrónico implementadas en el país. |
Ley 1143 de 2007 - Acuerdo de promoción comercial entre Colombia y Estados Unidos de América
Norma: |
Ley 1143 de 2007 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1143_2007.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo de promoción comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América", sus "Cartas Adjuntas" y sus "Entendimientos", suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006" |
Síntesis de norma: |
Se aprueba la aplicación del tratado de libre comercio entre Colombia y Estados Unidos de América, el cual dispone el desarrollo de pactos comerciales tanto de manera presencial y mediante comercio electrónico, se pactan formas de pago electrónico y se desarrollan estrategias para incentivar el comercio electrónico. |
Ley 1065 de 2006 - Define la administración de registros de dominio.co
Norma: |
Ley 1065 de 2006 |
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https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=20867 |
Objeto de norma: |
"Por la cual se define la administración de registros de nombres de dominio.co y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
La administración del registro de nombres de dominio .co es aquella actividad a cargo del Estado, que tiene por objeto la organización, administración y gestión del dominio.co, incluido el mantenimiento de las bases de datos correspondientes, los servicios de información asociados al público, el registro de los nombres de dominio, su funcionamiento, la operación de sus servidores y la difusión de archivos de zona del dominio, y demás aspectos relacionados, de conformidad con las prácticas y definiciones de los organismos internacionales competentes. |
Ley 1032 de 2006 - Se modifican los artículos 257, 271, 272 y 306 del Código Penal.
Norma: |
Ley 1032 de 2006 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1032_2006.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se modifican los artículos 257, 271, 272 y 306 del Código Penal." |
Síntesis de norma: |
Modifica los tipos penales de la prestación, acceso o uso ilegal de los servicios de telecomunicaciones (artículo 257), violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos (271), y violación a los mecanismos de protección de derecho de autor y derechos conexos y otras defraudaciones (artículo 272). Norma jurídica considerada dentro del eslabón denominado ¨postventa", ya que busca proteger la entrega de un producto legal, para de esa manera el desarrollo de actividades mercantiles mediante plataformas digitales, informáticas y electrónicas salvaguardan los derechos de autor. Igualmente, la ley sanciona cualquier violación a las normas de derechos de autor a través de medios digitales, como por ejemplo la venta no autorizada por Internet de obras artísticas, literarias, películas, música, etc. |
Ley 964 de 2005 - Manejo óptimo de recursos públicos
Norma: |
Ley 964 de 2005 |
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http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0964_2005.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se dictan normas generales y se señalan en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular las actividades de manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público que se efectúen mediante valores y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Esta ley regula el mercado de valores, estableciendo los requisitos para la captación de recursos del público a título negociable Se dispone la aplicación de mecanismos electrónicos en el recaudo de valores, así mismo se determinan medios de pago electrónicos y medios electrónicos de conservación de títulos valores. Cualquier actividad de comercio electrónico relacionada con la captación de recursos del público para adquirir valores (acciones, bonos, deuda pública, CDT, etc.) está sujeta a esta ley. |
Ley 962 de 2005 - Racionalización de trámites y procedimientos administrativos ante el estado Colombiano
Norma: |
Ley 962 de 2005 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0962_2005.html |
Objeto de norma: |
"Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos." |
Síntesis de norma: |
Norma en la cual se dispone la aplicación de portales de gestión de entidades del estado, además se dispone la aplicación de mecanismos electrónicos que fomenten y agilicen la administración del Estado; igualmente se crea la posibilidad de la aplicación de la factura electrónica y la creación del título valor electrónico. La norma autoriza la realización de cualquier trámite frente a entidades estatales de manera electrónica, como, por ejemplo, denuncias ante la Superintendencia de Industria y Comercio por violaciones a los derechos de los consumidores, entre otras. |
Ley 679 de 2001 - Prevención de explotación, pornografía y turismo sexual con menores
Norma: |
Ley 679 de 2001 |
Enlace de búsqueda |
https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_0679_2001.htm |
Objeto de norma: |
Estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución Nacional. |
Síntesis de norma: |
Prevención de la pornografía infantil, asignando responsabilidades de los ISP (Prestadores de Servicios de Internet) para bloquear cualquier actividad de pornografía infantil en la web. |
Ley 599 de 2000 - Código Penal Colombiano
Norma: |
Ley 599 de 2000 |
Enlace de búsqueda |
http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1663230 |
Objeto de norma: |
"La cual se expide el Código Penal Colombiano." |
Síntesis de norma: |
Con la expedición del nuevo Código Penal, se protege los derechos de autor, la propiedad industrial e intelectual, se determinan sanciones a la defraudación mediante medios electrónicos y la violación a los derechos patrimoniales. El Código Penal Colombiano es la salvaguarda del bien jurídico tutelado, desarrollado a su vez en actividades mercantiles y de comercio electrónico, incluyendo de manera expresa a partir del artículo 269 los delitos electrónicos y de fraude en sistemas digitales, lo cual incluye el comercio electrónico. |
Ley 565 de 2000 - Tratado de derechos de autor
Norma: |
Ley 565 de 2000 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=37973 |
Objeto de norma: |
"Adopción del Tratado de Derechos de Autor de la OMPI." |
Síntesis de norma: |
Este tratado es un arreglo particular en el sentido del artículo 20 del Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas, en lo que respecta a las partes contratantes que son países de la Unión establecida por dicho convenio. El presente tratado incluye como obras literarias de protección legal los "programas de ordenador" (software) y las bases de datos que configuren una creación intelectual (más allá de la mera recopilación de datos) . |
Ley 545 de 1999 - Tratado internacional de protección de propiedad industrial
Norma: |
Ley 545 de 1999 |
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Objeto de norma: |
Por medio de la cual se aprueba el "Tratado de la OMPI -Organización Mundial de la Propiedad Intelectual- sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT)", adoptado en Ginebra el veinte (20) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996). |
Síntesis de norma: |
Con la expedición de esta Ley, se ratifica los tratados internacionales relacionados con la propiedad intelectual y derechos de autor en especial en temas artísticos. Norma jurídica de apoyo legal al ejercicio de actividades comerciales por medio de plataformas informáticas y electrónicas en el sentido de cumplir con las normas de propiedad intelectual en la difusión por medios virtuales de obras artísticas, literarias o imágenes y sonidos. Cualquier compra en Internet de obras literarias o artísticas debe respetar esta ley. |
Ley 527 de 1999 - Ley de Comercio Electrónico
Norma: |
Ley 527 de 1999 |
Enlace de búsqueda |
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0527_1999.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones." |
Síntesis de norma: |
Esta Ley regula los mensajes de datos, la firma electrónica, los servicios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos, a través de redes de información, incluido el comercio electrónico y la protección a los usuarios de estos sistemas. Primera ley en Colombia que entra a tratar temas de comercio electrónico de manera directa, reglamentando su validez jurídica. |
Ley 223 de 1995 - Implementación de factura electrónica y portal de pago
Norma: |
Ley 223 de 1995 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=6968 |
Objeto de norma: |
"Por la cual se expiden normas sobre Racionalización Tributaria y se dictan otras disposiciones" |
Síntesis de norma: |
Se establece la implementación de la factura electrónica y el uso de portal de pago en operaciones comerciales. A partir de esta ley, cualquier operación de comercio electrónico se puede realizar totalmente por Internet, pues autorizó los pagos electrónicos y la factura electrónica. |
Ley 170 de 1994 - Propiedad intelectual, industrial y derechos de autor - OMC
Norma: |
Ley 170 de 1994 |
Enlace de búsqueda |
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=37805 |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se aprueba el Acuerdo por el que se establece la "Organización Mundial de Comercio (OMC)", suscrito en Marrakech (Marruecos) el 15 de abril de 1994, sus acuerdos multilaterales anexos y el Acuerdo Plurilateral". |
Síntesis de norma: |
Tratado internacional el cual fortalece normatividad sobre propiedad intelectual, industrial y derechos de autor. La presente norma guarda relación con el comercio electrónico en tanto que es un apoyo reglamentario en el ejercicio de la actividad comercial y especialmente en la actualidad en el desarrollo de actividades comerciales por medio de plataformas electrónicas e informáticas; razón por la cual se considera conveniente relacionarla, como norma reglamentaria de apoyo. Los países miembro de la OMC deben dar cumplimiento a los capítulos de propiedad intelectual del Tratado, en el cual se incluye la protección a los derechos de autor para cualquier obra literaria, artística, de imágenes, sonora o cualquier otra que figure a través de cualquier medio de difusión, incluido Internet. |
Ley 33 de 1987 - Protección de las obras literarias y artísticas.
Norma: |
Ley 33 de 1987 |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Por medio de la cual se aprueba el "Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas" |
Síntesis de norma: |
Se busca la protección de obras literarias y artísticas en procura de evitar el plagio, la falsificación y tráfico ilegal. La presente norma guarda relación con el comercio electrónico en tanto que es un apoyo reglamentario en el ejercicio de la actividad comercial y especialmente en la actualidad en el desarrollo de actividades comerciales por medio de plataformas electrónicas e informáticas; razón por la cual se considera conveniente relacionarla, como norma reglamentaria de apoyo. Cualquier obra literaria que se quiera adquirir a través del comercio electrónico tiene la protección legal prevista en esta norma. |
Ley 23 de 1982 - Norma sobre derechos de autor.
Norma: |
Ley 23 de 1982 |
Enlace de búsqueda |
https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3431&dt=S https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=3431 |
Objeto de norma: |
"Sobre derechos de autor" |
Síntesis de norma: |
Los autores de obras literarias, científicas y artísticas gozarán de protección para sus obras en la forma prescrita por la presente Ley y, en cuanto fuere compatible con ella, por el derecho común. También protege esta Ley a los intérpretes o ejecutantes, a los productores de programas y a los organismos de radiodifusión, en sus derechos conexos a los del autor. La compra de productos artísticos a través del comercio electrónico (obras musicales, series de televisión, películas, etc.) tiene la protección de esta ley. |
Ley 73 de 1981 - Distribución de bienes y servicios para la defensa del consumidor
Norma: |
Ley 73 de 1981 |
Enlace de búsqueda |
https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/tramites_servicios/apostilla_legalizacion/ley_1564_de_2012_codigo_general_del_proceso.pdf |
Objeto de norma: |
"Por la cual el Estado interviene en la distribución de bienes y servicios para la defensa del consumidor, y se conceden unas facultades extraordinarias." |
Síntesis de norma: |
Concederle facultades excepcionales al Presidente de la Republica dirigidas al control de la distribución o venta de bienes y servicios y al establecimiento de las sanciones y procedimientos para imponerlas a quienes violen sus disposiciones; establecer la necesidad de fijar la calidad en los bienes de venta, idoneidad en los servicios ofertados, condiciones de compra y venta de bienes y servicios haciendo uso del sistema financiero y vigilancia y control a la actividad comercial. |
Resoluciones
Resoluciones
Resolución 1292 de 2021 - Reglamentación para operadores postales de pago, MinTIC
Norma: |
Resolución 1292 de 2021, expedida por MinTIC. |
Enlace de búsqueda |
https://normograma.mintic.gov.co/mintic/docs/resolucion_mintic_1292_2021.htm |
Objeto de norma: |
Por la cual se establecen las reglas relativas al Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo para los Operadores Postales de Pago y se deroga la Resolución 2564 de 2016. |
Síntesis de norma: |
La presente resolución tiene por objeto establecer los requisitos y parámetros mínimos para la adecuada administración y mitigación del riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, que deben acreditar y mantener los Operadores de Servicios Postales de Pago, como parte integral de su operación de giro postal (artículo 1). Para efectos de la aplicación de la presente resolución serán sujetos obligados los Operadores de Servicios Postales de Pago, quienes deberán implementar y desarrollar el Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, atendiendo los requisitos mínimos establecidos en esta. Las actividades de giros internacionales desarrolladas por el Operador Postal Oficial estarán sujetas al sistema de Administración de Riesgos previsto en el presente Acto Administrativo (artículo 2). Igualmente, el artículo 4 y siguientes de la resolución establece el alcance del SARLAFT, las etapas para su diligenciamiento, los elementos integrantes del SARLAFT y las sanciones por su no diligenciamiento. Finalmente, el artículo 9 de la resolución establece que la Subdirección de Asuntos Postales del MinTIC publicará anualmente el monto de operación del servicio postal de pago aplicables para la presente resolución. |
Resolución 5980 de 2020 - Condiciones de aplicación de Sandbox regulatorio, CRC
Norma: |
Resolución 5980 de 2020, expedida por CRC. |
Enlace de búsqueda |
https://www.crcom.gov.co/uploads/images/files/Resoluci%C3%B3n%20CRC%205980%20de%202020.pdf |
Objeto de norma: |
"Por la cual se adiciona el título XII aplicación de mecanismos alternativos de regulación a la resolución CRC 5050 de 2016" |
Síntesis de norma: |
La resolución 5980 de 2020 tiene como objeto determinar las condiciones generales para la aplicación del Sandbox regulatorio como mecanismo alternativo de regulación basado en la experimentación monitoreada, con el objetivo de generar innovación en cualquier aspecto en la provisión de redes y servicios de comunicaciones, incluyendo los servicios postales. En todo caso, a la fecha no se ha iniciado Sandbox alguno para operadores postales. Esta resolución contiene los pasos a seguir para la apertura de procesos de regulación experimental, a través de Sandbox en el sector TIC y postal, señalando que los requisitos básicos de las propuestas de sandbox deben contener: (i) innovación de la propuesta presentada frente a la oferta disponible en el mercado; (ii) beneficios esperados para los ciudadanos; (iii) necesidad demostrada de por qué no puede ser implementada la propuesta por la regulación corriente; (iv) la experiencia del proponente para poner en práctica la propuesta presentada. La CRC puede hacer los ajustes que considere conveniente, en caso de ser aceptada la propuesta, señalando que el plazo de experimentación de la propuesta será de doce meses, prorrogables por un lapso igual. |
Resolución 0046 de 2019 - Agilización y optimización de operaciones de comercio exterior, DIAN
Norma: |
Resolución Externa 0046 de 2019, expedida por DIAN. |
Enlace de búsqueda |
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Objeto de norma: |
Por la cual se reglamenta el Decreto 1165 de 02 de julio de 2019 |
Síntesis de norma: |
La presente norma, busca facilitar y agilizar las operaciones de comercio exterior, adoptar procedimientos simplificados, promover la implementación de nuevas tecnologías y el cumplimiento de los tratados y pactos internacionales. Se busca agilizar las operaciones de comercio exterior, para garantizar la dinámica de intercambio comercial, el acceso de los productos y servicios a los mercados internos y externos y la competitividad de los productos y servicios colombianos en el mercado internacional. Respecto al tráfico postal y envíos urgentes, la resolución incluye las siguientes disposiciones: · Sanción al registro en el servicio informático electrónico una subpartida arancelaria diferente a la subpartida arancelaria general de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, cuando la guía original no registró ninguna desde su emisión en origen (numeral 11 del artículo 12 de la resolución). · El artículo 110 y siguientes de la resolución regula lo referente a los requisitos para actuar como intermediario de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes y depósitos para envíos urgentes. · El artículo 124 establece los requisitos para la declaración anticipada obligatoria para la importación de mercancías, exceptuando de la obligación de tal declaración a las importaciones que se realicen bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes. · El artículo 163 a 165 se ocupa de regular los requisitos generales para la habilitación de las zonas de verificación para la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes. · El artículo 166 y siguientes contiene los requisitos para el trámite para la solicitud de habilitación de los centros de distribución logística internacional y las zonas de verificación para la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes. · Respecto al régimen de importación (llegada de la mercancía al territorio aduanero nacional), el artículo 188 de la resolución señala que en la información de los documentos de transporte de la mercancía, provenientes de tráfico postal y envíos urgentes, se debe incluir la información relativa al valor FOB de la mercancía, bajo el Formato 1166 versión 7. · El artículo 263 establece que serán intermediarios del tráfico postal y envíos urgentes la sociedad "Servicios Postales Nacionales", las sociedades autorizadas por ésta y las empresas de transporte internacional que cuenten con licencia del MinTIC para actuar como empresas de mensajería especializada, debidamente inscritas en la DIAN. · Los artículos 264 y siguientes regulan, respecto al tráfico postal y envíos urgentes, el lugar para realizar los trámites de importación, el procedimiento para la presentación de documentos a la autoridad aduanera, los cambios de modalidad (en concordancia con el artículo 355 de la misma resolución), la identificación de la mercancía, la liquidación de los tributos aduaneros, entre otros. · El artículo 523 establece los requisitos para la exportación de productos objeto de tráfico postal y envíos urgentes desde las zonas francas. |
Resolución Externa 01 de 2018 - Modifica régimen de cambios internacionales, Banco de la República.
Norma: |
Resolución Externa 01 de 2018, expedida por Banco de la República. |
Enlace de búsqueda |
https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/reglamentacion/compendio-res-ext-1-de-2018.pdf |
Objeto de norma: |
Por la cual se compendia y modifica el régimen de cambios internacionales. |
Síntesis de norma: |
Mediante esta norma se adopta la reglamentación general, los términos, condiciones y procedimientos aplicables a la declaración de cambio y a las operaciones de que trata la presente resolución. Así mismo, podrá solicitar la información adicional que considere pertinente para el seguimiento de las operaciones de cambio. Se busca determinar que la declaración de cambio es la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio canalizadas por conducto del mercado cambiario, suministrada por los residentes y no residentes que realizan las operaciones de cambio y transmitida al Banco de la República por los intermediarios del mercado cambiario y los titulares de cuentas de compensación. Igualmente establece que toda operación de obligatoria canalización, a través del mercado cambiario, debe realizarse por conducto de los intermediarios del mercado cambiario. Sin intermediarios bancarios autorizados por el artículo 7 de la resolución: • Los establecimientos bancarios. • Las corporaciones financieras. • La Financiera de Desarrollo Nacional. • Bancoldex. • Las Cooperativas financieras • Las sociedades comisionistas de bolsa de valores. • Las sociedades de intermediación bancaria y de servicios financieros especiales. • Las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos. • La Financiera de Desarrollo Territorial. • El Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario. • El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior. • La Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial. • El Fondo Nacional de Ahorro. El artículo 8 de la resolución establece las operaciones autorizadas dentro del mercado cambiario para las entidades antes listadas y los requisitos de las operaciones. |
Resolución 072 de 2017 - Selecciona contribuyentes para facturar electrónicamente, DIAN
Norma: |
Resolución 072 de 2017, expedida por DIAN. |
Enlace de búsqueda |
https://incp.org.co/Site/publicaciones/info/archivos/Resolucion-000072-de-2017.pdf |
Objeto de norma: |
Por la cual se seleccionan unos contribuyentes para facturar electrónicamente. |
Síntesis de norma: |
Establece que los seleccionados son todos los contribuyentes que a la fecha de la resolución, y durante los 5 años anteriores, hayan solicitado rangos de numeración para la factura electrónica. |
Resolución 019 de 2016, Sistema de control de factura electrónica, DIAN
Norma: |
Resolución 019 de 2016, expedida por DIAN. |
Enlace de búsqueda |
https://facturaenlinea.co/facturaenlinea/Resolucion_000019_24_Febrero_2016_FACTURA_ELECTRONICA.pdf |
Objeto de norma: |
Mediante la cual se prescribe un sistema técnico de control para la factura electrónica acorde con el Decreto 2242 de 2015, se señalan los procedimientos que deben agotar y los requisitos que deben cumplir los sujetos del ámbito de este decreto y se disponen otros aspectos en relación con la factura electrónica. |
Síntesis de norma: |
Se establece el sistema técnico de control para la Factura electrónica. El sistema técnico de control para la factura electrónica comprende los elementos técnicos, las condiciones y los procedimientos establecidos en el Decreto 2242 de 2015, los cuales son necesarios para la interoperabilidad, masificación y el control fiscal de la factura electrónica. |
Resolución Externa 08 de 2000 - Régimen de cambios internacionales, Banco de la República.
Norma: |
Resolución Externa 08 de 2000, expedida por Banco de la República. |
Enlace de búsqueda |
https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/reglamentacion/archivos/re_8_2000_compendio.pdf |
Objeto de norma: |
"Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales." |
Síntesis de norma: |
Mediante esta norma se adopta la reglamentación general los términos, condiciones y procedimientos aplicables a la declaración de cambio y a las operaciones de qué trata la presente resolución. Así mismo, podrá solicitar la información adicional que considere pertinente para el seguimiento de las operaciones de cambio. Se busca determinar que la declaración de cambio es la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio canalizadas por conducto del mercado cambiario, suministrada por los residentes y no residentes que realizan las operaciones de cambio y transmitida al Banco de la República por los intermediarios del mercado cambiario y los titulares de cuentas de compensación. |
Resolución 0046 de 2019 - Facilitar y agilizar operaciones de comercio exterior, DIAN
Norma: |
Resolución 0046 de 2019, expedida por la DIAN |
Enlace de búsqueda |
https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000046%20de%2026-07-2019.pdf |
Objeto de norma: |
"Por la cual se reglamenta el Decreto 1165 de 2 de julio de 2019" |
Síntesis de norma: |
La presente norma, busca facilitar y agilizar las operaciones de comercio exterior, adoptar procedimientos simplificados, promover la implementación de nuevas tecnologías y el cumplimiento de los tratados y pactos internacionales. Se busca agilizar las operaciones de comercio exterior, para garantizar la dinámica de intercambio comercial, el acceso de los productos y servicios a los mercados internos y externos y la competitividad de los productos y servicios colombianos en el mercado internacional. |
Resolución 12761 de 2011 - Reglamentación de declaración de renta por medios electrónicos, DIAN
Norma: |
Resolución 12761 de 2011, expedida por la DIAN |
Enlace de búsqueda |
|
Objeto de norma: |
Establece los obligados a declarar a través de los medios informáticos electrónicos. |
Síntesis de norma: |
Presentar declaraciones en forma virtual a través de los Servicios Informáticos Electrónicos. Deben presentar declaraciones y diligenciar los recibos de pago, en forma virtual a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, los contribuyentes, responsables, agentes de retención y usuarios aduaneros. |
Resolución 14465 de 2007 - Contenido técnico de factura electrónico, DIAN
Norma: |
Resolución 14465 de 2007, expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. |
Enlace de búsqueda |
https://cijuf.org.co/resoluciones/resoluciones07/r14465.html |
Objeto de norma: |
"Por medio de la cual se establecen las características y contenido técnico de la factura electrónica y de las notas crédito y otros aspectos relacionados con esta modalidad de facturación, y se adecúa el sistema técnico de control." |
Síntesis de norma: |
A quienes aplica el uso de la factura electrónica, a partir de qué fecha se debe implementar la factura electrónica. Cuál debe ser el procedimiento que se debe tener en cuenta para la autorización de la numeración. Contenido técnico de control de la factura electrónica y las notas crédito así como los deberes de los obligados a llevar contabilidad y presentar reportes ante la DIAN mediante la factura electrónica. |
Resolución 26930 de 2000 - Se fijan estándares para entidades de certificación y sus auditores, SIC
Norma: |
Resolución 26930 de 2000, expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio. |
Enlace de búsqueda |
|
Objeto de norma: |
"Por la cual se fijan los estándares para la autorización y funcionamiento de las entidades de certificación y sus auditores." |
Síntesis de norma: |
Establece los deberes a cargo de las entidades de certificación abierta y cerrada, como es la expedición de una política de seguridad, la información que deberán reportar, el régimen que deberán observar quienes funjan como auditores de estas entidades, al igual que el contenido de los informes de auditoría, así como el procedimiento para obtener la autorización dirigida al cese o suspensión de actividades. |
Sentencias de altas cortes
Sentencias de Altas Cortes
Consejo de Estado
Consejo de Estado - Demanda de nulidad a decreto que reglamenta entidades de certificación y firmas digitales
Sentencia |
Demanda de nulidad de los artículos 4 y 15 del Decreto 1747 de 2000 que reglamentó la Ley 527 de 1999 Sentencia del 8 de febrero de 2018 |
Enlace web |
https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30034686 |
Magistrado Ponente |
María Elizabeth García González Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Primera |
Síntesis de la Sentencia |
Se deniegan las súplicas de la demanda por cuanto los artículos 4º y 15 numeral 1º del Decreto 1747 de 11 de septiembre de 2000, que regulaba lo atinente a los certificados y firmas digitales, no vulneraron la Ley 527 de 18 de agosto de 1999 ni la Ley Modelo de Comercio Electrónico -LMCE- de las Naciones Unidas, aprobada por la Asamblea General de la ONU, en la medida en que no restringieron la autonomía de la voluntad de las partes ni el principio de la «equivalencia funcional», pues si bien es cierto que solo los certificados emitidos por las Entidades de Certificación Cerrada tenían efectos entre la misma y el usuario, también lo es que el interesado se encontraba en total libertad de acudir a una Entidad de Certificación Abierta autorizada por la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando requiriera que un mensaje de datos fuese respaldado a través de una firma y un certificado digital. Se evidenció que, por el contrario, los actos acusados, se subsumieron a los principios de la «no discriminación de los mensajes de datos», «minimalista» y el de la «equivalencia funcional. |
C-439 de 2019 - Control de constitucionalidad al Estatuto del Consumidor
Sentencia |
C-439 de 2019 |
Enlace web |
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2019/C-439-19.htm |
Magistrado Ponente |
Diana Fajardo Rivera |
Síntesis de la Sentencia |
Control de constitucionalidad del contenido de la Ley 1480 de 2011. (Estatuto del Consumidor), en contra de los artículos 50 y 51 referentes al comercio electrónico |
C-184 de 2016 - Control de constitucionalidad al Tratado de Libre Comercio con Corea del Sur
Sentencia |
C-184 de 2016 |
Enlace web |
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2016/C-184-16.htm |
Magistrado Ponente |
Gloria Stella Ortiz Delgado |
Síntesis de la Sentencia |
Control de constitucionalidad del contenido de la Ley 1747 de 2011. (Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Corea del Sur). Analiza el alcance del comercio transfronterizo de servicios, mediante comercio electrónico y los derechos de la propiedad intelectual |
C-750 de 2008 - Control constitucional al Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos de América
Sentencia |
C-750 de 2008 |
Enlace web |
https://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2008/C-750-08.htm |
Magistrado Ponente |
Clara Inés Vargas Hernández |
Síntesis de la Sentencia |
Por la cual se aprueba el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América. Incluye análisis sobre los capítulos de telecomunicaciones y de comercio electrónico del TLC. Para la Corte el Capítulo sobre comercio electrónico armoniza plenamente con la Constitución Política, siendo el principal objetivo de la mesa de Comercio Electrónico el acordar reglas de juego que permitan la expansión del comercio electrónico como instrumento para crear nuevas oportunidades de negocios entre Colombia y Estados Unidos, evitando la imposición de gravámenes sobre las transacciones electrónicas y reconociendo que el empleo de medios tecnológicos de punta para el comercio repercute favorablemente en la expansión del comercio internacional al agilizar y hacer más eficiente las relaciones entre comerciantes y usuarios de bienes y servicios. |
C-259 de 2008 - Control de constitucionalidad a publicación electrónica de contratación pública
Sentencia |
C-259 de 2008 |
Enlace web |
https://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2008/C-259-08.htm |
Magistrado Ponente |
Jaime Córdoba Triviño |
Síntesis de la Sentencia |
Se hace control de constitucionalidad al contenido de publicación electrónica de la contratación pública dispuesto en la Ley 1150 de 2007. |
Corte Constitucional
C-1147 de 2001 - Control de constitucionalidad a deberes en materia tributaria de titulares de páginas web y sitios de Internet
Sentencia |
C-1147 de 2001 |
Enlace web |
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2001/C-1147-01.htm |
Magistrado Ponente |
Manuel José Cepeda Espinosa |
Síntesis de la Sentencia |
Deberes de los titulares de páginas web y sitios de Internet en materia tributaria. |